LA EUTANASIA NO-VOLUNTARIA

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ABSTRACT: The case of nonvoluntary euthanasia shows that the current definition of euthanasia must be more accurately determined. Euthanasia refers necessarily to the ending of life due to serious illness which must be expanded to include the lack of any capacity to give sense to life. A person in this latter position would be under lasting and unbearable suffering, perhaps unconscious, and incapable of leading her own life. The ethics of euthanasia must take these considerations into account. The will does not found the ethical decision. This is based instead on the reasonableness of continuing life under these circumstances. Voluntary euthanasia, as well as nonvoluntary, is founded on the right that every person who suffers under these conditions has to put an end to her life. It is understood that this is the only way to escape from such misfortune when life does not make sense any longer. The topic of euthanasia has a political dimension that is associated with the contemporary practice of medicine and the defense of human rights in our society. At the foundational level, euthanasis is unitary; the distinction between voluntary and nonvoluntary establishes only further precision, not a fundamental one.

 

Introducción

Dentro de la discusión sobre la eutanasia destaca la poca atención prestada a la forma no voluntaria de su aplicación. El hecho no deja de sorprender, pues si hay casos en que esta práctica parece no sólo justificada sino que requiere de justificación racional es cuando su ejercicio es no voluntario. Su examen será, pues, fundamental para determinar el tema de la eutanasia en su generalidad.

 

La eutanasia no-voluntaria

La no-voluntariedad respecto de una decisión se presenta en dos clases básicas de situaciones: cuando se tuvo la capacidad, pero no se la ejerció; y cuando jamás se ha dispuesto de esta capacidad. El primer caso se presenta en accidentados, ancianos y enfermos terminales; el segundo, en niños y retardados. No se consideran no voluntarias decisiones que la persona ha tomado de antemano, pero que en las actuales circunstancias es incapaz de llevar a cabo. Desde una perspectiva ética, la distinción entre haber tenido la capacidad, sin haberla ejercido, y nunca haberla tenido no parece, sin embargo, relevante, pues en ambos casos lo que hay es una pura ignorancia de lo que podría haber sido la voluntad de la persona. Es importante aclarar, en este punto, que la eutanasia voluntaria no se justifica por el hecho de conocer la voluntad de la persona; es decir, contra lo que pueda pensarse en un primer momento, conocer o ignorar la voluntad de la persona tiene sólo una relevancia menor-que hay que precisar-respecto de la justificabilidad ética de la eutanasia. Antes de proseguir se examinará esto.

La mera voluntad de la persona no determina la eticidad de una acción, aunque no estén en juego más intereses que los de ella misma. Así, por ejemplo, no se puede decir de actos como jugar a la ruleta rusa o entregarse a otro como esclavo que sean éticos, aunque no lesionen intereses de terceros. La eticidad no determina un conjunto cerrado de actos, pero cualquiera de ellos se debe inscribir dentro de lo que es razonable para una vida humana en unas circunstancias concretas. Que la única opción razonable para una persona, dentro de unas circunstancias extravagantes, fuese jugar a la ruleta rusa se presenta con una improbabilidad tal que, para todos los efectos, se puede afirmar que tal acción no es ética. ¿Qué aporta, entonces, la voluntad del sujeto en el caso de la eutanasia voluntaria? No, en todo caso, el fundamento ético de su acción sino, más bien, la certeza epistémica de que entonces hay una coincidencia entre el acto propuesto como razonable y el deseo actual de la persona. Esta coincidencia se presenta como el caso ideal de la acción ética, pero en modo alguno debe llevarnos a pensar que todos los actos éticos, o incluso la mayoría de ellos, han de conformarse a las mismas condiciones. La mayor parte de nuestros actos, se refieran a nosotros mismos o a otros, carecen de tal limpidez epistémica, pero no por ello los desestimamos como antiéticos, pues pueden cumplir con otras condiciones razonables de adecuación práctica a nuestra vida.

La diferencia, entonces, entre la eutanasia voluntaria y la no-voluntaria, respecto del papel que la voluntad misma cumple en la conformación ética del acto, es menor de lo que suele pensarse y lo es sólo de grado; no se está aquí ante acciones categorialmente diferentes. En el caso de la eutanasia no-voluntaria se ignora, por definición, lo que la persona desea en ese momento, incluso la expresión es inexacta, porque muchas veces tales personas carecen de todo interés o deseo, por lo que es mejor decir que en la eutanasia no-voluntaria se ignora, por definición, lo que la persona habría deseado si hubiera podido hacerlo. Reconocido esto, es importante aclarar que esta situación no nos deja en la opacidad total respecto de lo que la persona misma habría querido. O, para decirlo con mayor precisión, según lo anotado arriba, esta opacidad no clausura la posibilidad de una acción ética respecto de la persona en cuestión-y esto lo aceptarán también los opositores a la eutanasia-, reconociendo que, de todos modos, en este caso la acción se ejerce en condiciones epistémicas que se califican de probables.

El papel que la voluntad cumple en estas situaciones límites no se debe sobredeterminar, en el sentido de reducir la posibilidad de la acción ética a la presencia de la voluntad, ni a que toda determinación de la voluntad es ya por esto mismo ética. La voluntad de la persona en estos casos extremos merece el máximo respeto, pero muchas veces sus familiares, sus médicos o la sociedad se hallarán ante límites psicológicos, económicos, éticos, médicos, o de asignación preferencial de recursos que hagan imposible cumplir con esa voluntad. En sentido contrario, la ausencia de voluntad no puede tomarse como índice de actuación ética, debiendo tomarse en consideración otros aspectos, como lo más benéfico para la persona, ponderando lo que ella habría deseado de haberlo podido hacer, y lo más razonable en la situación concreta dada la información disponible.

Hay que reconocer que la acción eutanásica difiere de otras acciones en la gravedad de su objeto, al dirigirse a la vida misma. Esto, sin embargo, no la hace imposible como acción ética, pues no se le reconoce a la vida misma un valor absoluto al cual subordinar todas las demás acciones. La eutanasia, como acción de quitar la vida, se distingue del homicidio simple en que para aquélla media necesariamente una situación de enfermedad grave, sin la cual sería improcedente hablar de eutanasia. Además, esta situación de enfermedad debe haber alterado en forma definitiva una o más de un conjunto de notas que le dan sentido a la vida, dentro de las cuales se incluyen la ausencia de sufrimiento físico o psicológico prolongado e inhabilitante, la conciencia, y la capacidad de dirigir la propia vida. Es por eso que las definiciones de eutanasia que se limitan al sufrimiento causado por una enfermedad grave son incompletas, pues lo que cuenta no es el sufrimiento como tal, sino el sufrimiento en cuanto le resta posibilidad de otorgarle sentido a la vida, y otras deficiencias diferentes del sufrimiento pueden producir este mismo efecto. La pérdida irreversible de las funciones superiores del cerebro, incluida la conciencia, es una de ellas. En este caso no parece que haya sufrimiento, incluso psicológico, porque la persona ha perdido toda posibilidad de sufrir o de desear; sin embargo, parece dudoso que lo más razonable para una persona en este estado sea que se continúen todas las medidas de apoyo para mantenerla con vida. ¿Cuál sería el objeto de todo ello?

Un aspecto adicional que debe señalarse en relación con al eutanasia es el del derecho. Quizá la función más importante que la voluntad cumple en el caso de la eutanasia voluntaria es la de afirmar el derecho que tiene la persona en esta situación extrema para permitírsele o ayudársele a terminar con una vida que para ella ya no tiene sentido seguir viviendo, por sus graves padecimientos físicos y lo que ellos representan como menoscabo para esa vida. No debe pensarse que ese derecho se extingue tan sólo porque la persona no es capaz de ejercerlo directamente por carencia de la facultad respectiva. Es un caso bastante común en la sociedad que haya instancias para salvaguardar los derechos de quienes no lo pueden hacer por sí mismos. Puede afirmarse que una persona enferma de gravedad, sin mayores perspectivas de mejoría, y sin aquella capacidad, que se ha mencionado arriba, de darle sentido a su vida, tiene todavía el derecho a que se le ayude a poner fin a esa situación. La eutanasia no-voluntaria presenta también, como la voluntaria, dimensiones no sólo éticas, médicas o psicológicas, sino también políticas, asociadas, sin duda, al desarrollo jurídico y técnico de nuestra sociedad.

 

Conclusión

El examen teórico de la eutanasia no-voluntaria ha servido para precisar la definición general de eutanasia que, aparte de la obligada referencia a un estado de enfermedad grave, debe incluir también la referencia a la ausencia definitiva de la capacidad para otorgar sentido a la vida. Esta capacidad incluye la ausencia de sufrimiento prolongado e insoportable, la conciencia, y la capacidad de dirigir la propia vida.

El aspecto ético de la decisión eutanásica debe tomar estas notas en consideración. Si la voluntad está presente corroborará la mayoría de las veces la pertinencia de la decisión; si la voluntad falta, una decisión será todavía posible, pues el fundamento ético de la decisión no se halla, en todo caso, en la mera voluntad, sino en qué tan razonable sea que una vida humana continúe en estas circunstancias.

Por último, la eutanasia, tanto la voluntaria como la no-voluntaria, comprende una dimensión política, al entenderse que toda persona tiene derecho a que su vida no continúe en las circunstancias descritas.

Todo esto muestra que el tema de la eutanasia es unitario, y que las diferencias que se dan a su interior matizan el concepto, pero no lo cambian en forma esencial. 

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