FECUNDACIÓN "IN VITRO"

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SEMINARIO II

FECUNDACIÓN "IN VITRO" 

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INTRODUCCIÓN

CAPITULO I : HISTORIA

Fecundación in vitro: historia

CAPITULO II:

A.- PROCEDIMIENTO DE FECUNDACIÓN HUMANA

Proceso de fecundación natural

Fecundación humana aspectos médicos

Procedimiento de fecundación

Consideraciones sobre esterilidad

Evaluación y tratamiento del hombre que consulta por esterilidad

Causas de esterilidad masculinas

Evaluación de la mujer que consulta por esterilidad

Causas de esterilidad femenina

B.- TÉCNICAS DE REPRODUCCIÓN ASISTIDA

Técnicas de baja complejidad (IUI)

Técnicas de mediana complejidad (GIFT)

Técnicas de alta complejidad (PROST, FIV, FIVET)

Procedimiento de la FIVET

Recolección de ovocitos

Fertilización de ovocitos y obtención de embriones

Transferencia embrionaria

Terminología jurídica aplicable  

CAPITULO III: TUTELA DEL NASCITURUS

A: PERSONA : CONCEPTUALIZACIÓN

Etimología del término persona

Consideraciones filosóficas

Individuo y ser humano

Comienzo de la vida humana

Conclusiones 

B: STATUS JURÍDICO DEL NASCITURUS

Diferentes concepciones del término embrión

Teorías

Nuestra critica 

C: DERECHO CONSTITUCIONAL

Derecho a la vida

Antecedentes constitucionales

Jerarquía constitucional

Tratados internacionales 

D: PRINCIPIO DE LA EXISTENCIA DE LA PERSONA POR NACER EN EL   DERECHO CIVIL

Concepto jurídico de persona

Desde que momento se reputa existente la persona

Concepción y embarazo

Reconocimiento del embarazo

Medidas de seguridad

El nacimiento

Persona por nacer

La cuestión en el embrión in vitro 

E: LOS PROYECTOS DE LEY MAS DESTACADOS

Breve introducción

Conclusiones

Comienzo de la existencia de las personas en los proyectos sobre fecundación

Derechos de las personas por nacer en los proyectos

Jurisprudencia Argentina: control judicial 

CAPITULO IV: INSEMINACIÓN ARTIFICIAL CON GAMETOS DE DONANTE (IAD)

Condiciones preliminares

Donantes- teorías-

Conclusiones   

CAPITULO V: MANIPULACIÓN EMBRIONARIA
A: MANIPULACIÓN Y EXPERIMENTACIÓN

Breve introducción

Investigación biomédica
Requisitos generales del procedimiento investigativo en seres humanos

B: FUNDAMENTOS A FAVOR Y EN CONTRA SOBRE EXPERIMENTACIÓN SOBRE EMBRIONES

Palabras preliminares

Argumentos

Críticas 

C: TEORÍAS SOBRE LA EXPERIMENTACIÓN

Proscribir todo tipo de experimentación genética

Limitar las experiencias a la utilización del material genético no humano

Admitir bajo control las experiencias ya sea con vegetales, animales y material genético humano

Permitir todo tipo de experimentación sea cual fuere su objetivo 

D: DESVIACIONES NO DESEABLES

Clonación

Partenogénesis

Ectogénesis

Fisión gemelar

Elección del sexo

Fecundación inter-especies

Fusión de preembriones

Eugenesia

E: CASOS INSÓLITOS

"cuando los hechos se alejan del derecho"
Casos insólitos

Breve conclusión 

F: EXPERIMENTACIÓN PARA LA CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE LA FE:

Postulados del mencionado documento 

G: TRATAMIENTO LEGAL DE LA INGENIERÍA GENÉTICA EN ARGENTINA

Proyectos de legislación 

H: TRATAMIENTO LEGAL DE LA INGENIERA GENÉTICA EN OTROS PAÍSES

Australia

Gran Bretaña

España

Alemania

Francia

Italia

Países Bajos

Suecia

Estados Unidos

Japón

CAPITULO VI: CONGELAMIENTO DE EMBRIONES

A: CONGELAMIENTO DE EMBRIONES

Breve introducción

Para que aparecen los bancos de embriones

Proceso de crió conservación

Tiempo de conservación : legislación

Una alternativa diferente para los embriones no implantados: la adopción

Proyectos de ley 

CAPITULO VII: FILIACIÓN

Planteamiento del tema en cuestión

Breves nociones de filiación civil

Determinación de la filiación

Determinación de la maternidad

Determinación de la paternidad

Determinación y prueba de la paternidad matrimonial

Determinación de la paternidad extramatrimonial

Acción de filiación

Impugnación de la maternidad

Impugnación de la paternidad matrimonial

Impugnación de la paternidad extramatrimonial

Acción de reclamación de la filiación 

B: FILIACIÓN Y LOS NACIDOS BAJO TÉCNICAS DE FECUNDACIÓN ASISTIDA

Capacidad para suceder

Distintos supuestos en la procreación artificial

Posibles situaciones de controversia

Diferentes casos 

C: DERECHOS SUCESORIOS DEL HIJO PÓSTUMO EN LA INSEMINACIÓN POST MORTEM

Introducción

Cuestiones sucesorias en el derecho civil argentino

Derechos sucesorios del hijo póstumo

CAPITULO VIII: RESPONSABILIDAD CIVIL
A: DOCTRNA DE DAÑO GENÉTICO Y FÍSICO AL EMBRIÓN

Responsabilidad de los padres frente al nacido por transmisiones de enfermedades genéticas previsibles

Responsabilidad biomédica ante el principal perjudicado

Responsabilidad del médico frente al nacido con taras o malformaciones

Responsabilidad del medico frente a los padres del nacido con enfermedades o malformaciones.

CONCLUSIÓN

Reportaje al Dr. Edgardo Nicholson

BIBLIOGRAFIA CONSULTADA

 

Palabras preliminares

Son muchas las parejas que no pueden tener hijos y el número de casos de esterilidad aumenta cada día más. La esterilidad es motivo de sufrimiento y desesperación para muchas parejas que, como cualquier otra, se sienten con derecho a "dejar decencia". Debido a los avances tecnológicos y de las ciencias biológicas, hoy día la infertilidad o esterilidad humana, ya no es más un tabú para las parejas que padecen éstas anomalías.

Las técnicas de reproducción asistida, constituyen el inicio de una nueva etapa para el género humano. En la ciencia médica y en el campo de la ingeniería genética, los avances han sido tan notables en los últimos tiempos, que no dudamos en afirmar que estamos frente a una auténtica revolución biológica, lo que se ha comenzado a conocer como "la tercer ola" en el campo de la medicina.

Este progreso está representado, entre otras cosas por la gran disponibilidad de métodos y técnicas que pretenden dar una solución al problema de la infecundidad de la pareja. El tratamiento de la esterilidad mediante la reproducción asistida es una de las áreas de la medicina moderna en las que se ha registrado un mayor progreso; entre los que podemos mencionar: la inseminación artificial intrauterina (IUI), ya sea homologa o heteróloga; la fecundación in vitro (FIV), con transferencia de embriones (TE); y la transferencia intratubárica de gametos (TIG o GIFT), entre otras.

Estos son logros científicos y técnicos con perspectivas a continuar su desarrollo conquistando, cada vez más, nuevos horizontes. Sin embargo, la procreación artificial no es una novedad. Si bien es verdad, que algunos autores reconocen sus orígenes en Grecia y en Roma, no hay datos precisos de estas aseveraciones.

Los primeros intentos realizados con una técnica precisa se remontan al siglo XVI, atribuyéndosele a Marcelo Malpighi quien obtuvo con éxito la fecundación artificial de un gusano de seda. Posteriormente, en el siglo XVIII, el Italiano Lázaro Spallanzani, realizó experiencias en la especie canina. Dichos ensayos, fueron trasladados a la especie humana en 1785 por Tauret y continuadas por Girault. El primero, sin embargo, en obtener éxito fue Hunter en 1864, quien logra producir una gestación introduciendo en la vagina de la mujer el líquido seminal de su esposo, obtenido por masturbación.

De allí en más los experimentos de inseminación artificial humana, se fueron multiplicando y perfeccionando cada vez más. Finalmente en 1887, el doctor Dickinson, de Filadelfia, ensayaba la primer inseminación artificial con semen de donante, surgiendo casi un siglo después los primeros de bancos de semen congelado.

 

CONCLUSIONES

En los últimos años lo que comenzó siendo un simple problema médico: la búsqueda de un remedio para la infertilidad ha superado hoy las barreras de la medicina repercutiendo directamente en otros campo como son la moral, la ética o el derecho.

 La difusión de estas técnicas reproductoras del ser humano que omiten el acto sexual como determinante de la concepción, han producido un fuerte choque entre las convicciones morales y éticas tradicionales, avanzando sobre las fronteras en las que debería moverse los avances de la ciencia.

Al nacer una técnica capaz, como es la fecundación in vitro, de modificar el desarrollo natural del hombre, alterando conceptos tradicionales relacionado con la concepción y reproducción humana, surge el interrogantes respecto de los límites que deben ponerse o no a tal tipo de procedimientos. Innumerables discusiones y debates se han sucitado ante el desarrollo y las consecuencias que este tipo de investigaciones genéticos producen.

Se torna por lo tanto necesario reflexionar respecto de efectos que traen aparejados estas técnicas , así nos preguntamos ¿ cual es el limite entre lo prohibido y lo permitido? ¿cual es la línea que separa la moral de lo inmoral? ¿la manipulación genética es jurídica o éticamente lícita?¿ es reprochable el congelamiento de embriones? ¿es jurídicamente lícito seleccionar embriones? ¿tienen los padres derecho de disponer a su arbitrio sobre la vida de estos embriones? ...

Asimismo, estas técnicas también repercuten sobre otros aspectos del derecho, se afectan así los principios tradicionales de la filiación, tendremos por un lado la madre genética y por el otro la biológica. Surgen. También nuevos objetos de estudio, como ser la donación de gametos, el anonimato de los donantes, el derecho del hijo a conocer su origen, el derecho a nacer, el status jurídico del embrión, en fin un sinnúmero de interrogantes y nuevos conflictos que necesitan una solución y reglamentación.

Hemos demostrado a lo largo del trabajo que desde el momento mismo de la fecundación, es decir, al unirse el óvulo y el espermatozoide comienza un nuevo ser, una vida humana que detenta potencialidad y autonomía genética propia, que si bien depende de otro para desarrollar su evolución, es diferente de quienes han contribuido a su creación, quienes, por lo tanto, no tienen derecho sobre él.

El hombre es esencialmente tal desde el comienzo hasta el fin de su vida. No existe en su desarrollo evolutivo un cambio sustancial en su esencia

Siendo el embrión, un ser humano, es persona y por lo tanto jurídicamente dotado de todos sus derechos y prerrogativas.

 Su derecho primario y fundamental, es el derecho a la vida;  no puede ser desechado ni destruido. Este derecho no abarca sólo un período, sino toda la vida , desde la concepción hasta la muerte. Por lo tanto no tiene sentido ni coherencia amparar solo un segmento de la vida y condenar el resto a la experimentación  y a la muerte. La vida es sagrada antes y despues del alumbramiento. Porque como dice un antiguo proverbio oriental: el niño al nacer tiene casi una año de vida...

 En segundo lugar este ser tiene derecho a que se le respete su dignidad y no puede ser por lo tanto ser objeto de transacciones jurídicas, no es susceptible de apropiación ni de circulación, no es lícito  seleccionarlos ni manipularlos, no están dentro del comercio, por que no son cosas .

Se debe resguardar la vida y dignidad de la persona humana, y si consideramos que el óvulo fecundado es una persona humana, teniendo en cuenta que la vida comienza con la concepción dentro o fuera del seno materno, ese embrión debe ser tratado como tal.

Actualmente el derecho esta un paso mas atrás que esta nueva realidad ; pareciera que existe un abismo entre la rapidez de la ciencia y los nuevos descubrimientos, la aceptación social de los mismos y la reglamentación jurídica en estos aspectos.

Si bien es cierta la dificultad de establecer una regulación integral abarcando las innumerables posibilidades y casos es necesario determinar principios generales, pautas, prohibiciones. Ha llegado el momento de dar un marco legal a estos tipos de procedimientos de fecundación asistida, antes que sigan cometiéndose que hasta hoy la falta de legislación ha permitido.

 

ENTREVISTA DR. NICHOLSON

 El 29 de septiembre de 1999, entrevistamos a uno de los pioneros de la fecundación in vitro en la República Argentina: DR. Nicholson.

 Duración de la entrevista: 1 hora y 30 minutos.

 ¿cuales son las técnicas de reproducción asistida que usted emplea ?

 la reproducción asistida comprende desde la inseminación artificial hasta todas las variantes de fecundación in vitro; para esta ultima existen diferentes requisitos a tener en cuenta:

primero debe ser una pareja casada

segundo todos lo óvulos de la mujer se destinan a ese hecho

tercero, solo se colocan en el vientre todos los embriones fecundados y cuarto por que son cuatro...ha salvo que se congelen , lo que es otro tema que seguramente me van a preguntar, asique lo dejamos para despues

 bueno... Respecto del procedimiento de la fivet . Es decir ¿cuales son los pasos a seguir  desde que una pareja acude a su consultorio

 primero asegurarme de que sea el último recurso, es decir que no sea posible otro tipo de procedimiento mas adecuado, la mitad de la gente que viene pidiendo una fecundación in vitro, se va con otra cosa, mas sencilla, mas fácil,

mas lógica ;ya sea inseminación artificial o alguna otra.

 ¿ cuando entra la pareja a su consultorio, se le realiza algún tipo de análisis?

 Si, primero la hacemos la anamnesis, todas las preguntas, y nos aseguramos desde ese momento que no existe otra posibilidad, la examinamos y de ahí en adelante si nos faltan datos, la hacemos una radiografía, mamografia ,una biopsia, lo que sea necesario, para saber seguro que es la ultima medida.

Y en segundo lugar que este en condiciones, porque si viene una señora por ejemplo de 43 años que este al limite de

  ¿que grado de eficacia tienen estos métodos?

 yo deje la profesión a mitad de este año. Pero el porcentaje de éxitos del año pasado, fue en el 50 % de los casos, que prácticamente no lo tiene nadie en el mundo nadie llega al 50% todos están entre el 30 o 20 %,

 Y lo fracasos en este procedimiento en que etapa se dan con mayor frecuencia , en la etapa de la anidación. ..

 Generalmente una vez que ya se inyectaron en los 15 días previos ; a los 15 días ya tenemos la subunidad veta positiva, y despues tenemos que esperar una semana mas, para realizar un ecografia porque recién ahí podemos dictaminar que existe un embarazo; sino se llama embarazo bioquímico, pero no seria seguro como para anotarlo dentro de los éxitos

 Para obtener este 50 de grado de eficacia, usted utiliza alguna técnica diferente a las que se realizan en el resto de mundo

 En primer lugar nosotros no hacemos selección de casos, por ejemplo entre los  que fracasaron fueron tres mujeres de 45 años , que yo sabia que no tenían muchas posibilidades pero sin embargo las incube...inclusive mas hay muchos médicos que ponen como limite de edad los 38 años, pero si viene alguien mayor yo no me opongo... Por ejemplo tuve un caso en el que le realice a una mujer de 46 años de edad tres fecundaciones in vitro porque todavía ovalaba y fracase a pesar de que formaba embriones, lo que significa que los óvulos no eran tan malos, .. y cuando me enferme la señora fue a ver a otro medico, le hizo este método con donación de óvulos,  ,, y hace un tiempo me vino a ver porque tiene trillizos...

yo creo que el problema fundamental es que yo trabajo la parte clínica solamente, no tengo otra opinión porque me cansaron las discusiones, soy muy democrático pero...

 Se canso de las decisiones en el congreso?

 No. al congreso pienso seguir llendo , pero...hoy tengo una reunión de la Asociación inefabilidad y seguramente van a comenzar las discusiones...

  ¿ que opina de la fecundación post mortem?

 nosotros discutimos respecto de tema durante el gobierno de Alfonsin, en el año 89, estaba yo que era el único técnico y 5 juristas algunos decían que si y otros decían que no, o que debía realizarse dentro de un plazo...

yo creo que el gran peligro no es respecto de la fecundación en vitro o de la inseminación en si misma, sino que el problema es de los abogados, por que frente a una situación así se presenta un sobrino del muerto se atrás de la herencia y se queda con la plata, porque el niño no nació dentro del matrimonio, por eso nosotros los médicos tratamos de no meternos, porque bastantes líos tenemos ya nosotros como para agregar este.

 ¿usted utiliza bancos de esperma?

 En este momento si, por ejemplo si el marido esta enfermo por un linfoma y se le va a hacer un tratamiento severisimo, se congela el semen, y un año despues cuando este mejor se coloca el semen..

 Mas concretamente, en el caso de que el marido muera y usted tenga el semen congelado, Si la mujer quiere ser fecundada...

  Sí, es posible, tiene un máximo de 30 idas para hacerlo, a partir de la muerte, por que seria el equivalente al acto sexual

 ¿ el hijo seria matrimonial en ese caso?

 Si sería matrimonial, ahora si viene dos años despues, no

 Y en el caso, en el que se realiza la fecundación con un óvulo de una mujer donante, quien seria la madre biológica del niño, la donante del óvulo a la que lo gesta

 Para la legislación argentina la madre es la que lo pare, la otra no tendría que reclamar, porque la otra además generalmente no se sabe nisiquira quien es

 El bebe tendría algunos genes de la madre que dona su óvulo?

 Si el 50 de los gametos , por lo que no deja de ser un gran riesgo

El problema se agravó cuando me comento que el medico que le hizo la fecundación, quiere matar uno de los tres fetos para asegurarse la vida de los otros, esto ese usa mucho y se llama embrioreducción: me pidió mi opinión y yo le dije que no, y que simplemente tiene que hacerse una serie de cosas preventivas pero que de ninguna manera tomar una medida tan drástica.

 Teníamos entendido que óvulo es difícil de crioconservar

 en realidad se puede poro esta en la faz experimental y el éxito es tan limitado... Y uno realmente o por lo menos yo no tengo ganas de experimentar con mis pacientes, El otro día me consulto una señora que tiene 40 años, soltera y que cree que algún día puede casarse y desear tener hijos.. entonces en ese caso sí, seria factible, pero son casos limites y con pocas probabilidades de éxito.

 Con respecto a los donantes ¿ que perfiles busca? ¿ le hace algún tipo de estudios psíquicos o físicos?

 Este no se puede hacer un estudio muy completo, se le hace un estudio, básicamente de sangre para que no transporte ninguna infección. Pero, si la pregunta apunta al riesgo de que el donante sea medio piantado, no. eso no se hace porque requeriría un estudio de por lo menos un mes entero

 Y cuando la pareja se acerca, y le plantea el tema: ellos pueden pedir algún rasgo característico en los donantes, Por ejemplo, viene una pareja que son descendientes de alemanes...

 Ah! Se manda primero a la pareja para que el médico que va ha hacer la fecundación  le tome los rasgos a los dos. Lugo se lleva a cabo el mismo procedimiento respecto del donante, y se comparan para ver en que coinciden...

  Es decir que entre ellos no existe ningún tipo de conexidad

 Yo particularmente no soy partidario de la donación, yo me sigo negando porque se trata de la introducción de un tercero , que se obviaría si no fueran tan conservadores y tan nublados que estén negando la clonación

porque en ese caso con que le saquen al marido una célula... se acuerdan como nació la oveja Dolly? De una glándula mamaria... Bueno se le saca al marido una glándula mamaria y con el óvulo de la mujer, es clocaron , y nace un chico ¿que necesidad tiene de haber un espermatozoide?

Pero esto no lo dije o no lo sabe nadie yo lo vengo discutiendo a este desde que era miembro de la comisión

de ética de la federación internacional de ginecología y obstetricia. Eramos 15 y yo era el único católico, los demás eran protestantes, musulmanes de todo y bueno era realmente una definición mundial de lo que planteábamos, finalmente se rechazó la clonación, es lógica que no lo entendieron lo mismo que clonaciòn si tienen un caso de muchos fracasos , un sólo óvulo lo pueden partir por la mitad y dos tienen más posibilidades de implantarse que uno. Eso se ha demostrado en la vacas por ejemplo y entonces sería cuestión de reproducirlo en humanos y sería perfectamente lícito porque son todos órganos de la mujer.

 Y las donaciones actualmente son anónimas

sobre todo teniendo en cuenta que hay una gran discusión doctrinaria entre lo que implica el derecho a la intimidad de los donantes y de la pareja, y el derecho a conocer el origen de  la persona por nacer

 yo creo que a los dieciocho años, igual que en la adopción el niño tiene derecho a saber de donde viene , entonces tiene que haber un registro que esté al alcance del ministerio de salud pública pero que no lo tenga el ministerio sino que cada centro declare tal cosa. Y entonces en el momento en que la madre o el chiquito quieren saber quien es el padre, entonces pueden consultar el registro. A los 18 años ya han tenido tiempo de elaborar el conocimiento de la historia , pero esto rige nada más que el Suecia, pero creo que es el futuro porque creo que es fundamental que respetemos la libertad

 ¿a usted personalmente no se le ha presentado ningún caso  en caso en que un niño haya venido a preguntar los datos?

 montones

 ¿y que hace?

 En realidad fueron casos no de inseminación, sin de adopción . hace muchos años yo tenía  adopción , cada tanto venía un chico que quería saber quien era su padre , entonces yo lo acompañaba al hospital o al lugar donde creía que podía averiguar, porque me parece que es razonable...

 Dr.,. desde cuando cree usted que hay vida en un embrión, y desde cuando considera que esa visa en humana?

En realidad yo soy un poco heterodoxo. siguiendo al padre Hering, un alemán que vive en EEUU y a muchos más entre ellos al padre López Apicarte... acá en Argentina hay algunos que opinamos que el embrión no debería llamarse embrión hasta que se encuentre en condiciones de ser implantado ...

primero tenemos al óvulo y al espermatozoide,  despues la célula donde está el nucleo femenino  y el masculino, luego tenemos una célula que tiene 2 óvulos, a este estado ya lo llamamos cigoto se puede reproducir hasta que ytenga 8 o 9 o 10 células, Esto entra dentro de los que ustedes a visto en biología y que se la ma mórula, tiene una cavidad que tiene células adentro y afuera, las de adentro son las que van a formar el embrión y las de afuera la placenta . Recién allí esta en condiciones de acoplarse al tuero, donde se anida, lo que sucede mas o menos al día 21: es decir 3 semanas despues de la fecundación . eso es por esta razón hasta que el huevo se pueda dividir en 2, 3 , o en 4 ... y lo que estos teólogos pretenden es que sea persona cuando antes  se es individuo, la personificación antes que la indivisión. Yo se que estoy en contra de Juan Pablo Segundo, él tomó una decisión muy rápida, dijo que cuando se juntan un óvulo y un espermatozoide forman un célula que es irrepetible. Es cierto que es irrepetible pero no es singularmente especial, y desde este momento el huevo tiene 50 % de posibilidades de vivir pero no más. En cambio una vez que ya esta implantado existen 80 % de posibilidades.

 Entonces no consideramos que es persona hasta la implantación ¿cabría la posibilidad de hacer cualquier tipo de experimentación sobre ellos ?

 Yo me niego a aceptar la experimentación porque  si bien todavía no es persona esta destinada a serlo, y teniendo un destino humano no sería lógico hacerlo.

 ¿Sería correcto entonces decir que hasta el momento de la animación habría vida y a partir de este momento la vida ya sería humana ?

 desde que se implanta es persona

 Porque el embrión se implanta en la etapa de blastocito y no antes?

  Puede hacerse antes. Pero se necesita que tenga condiciones, tanto la mucosa de la madre, como el mismo huvo, para facilitar la implantación

 nosotras teníamos entendido que la implantación se daba entre el 14/ 16 día, usted dijo 21...

 normalmente en un ciclo normal la ovulación se da el día 16, ahí dale el óvulo dirante tres semanas lo agarra el espermatozoide y de ahí en tres semana se anida el huevo. Pero antes es óvulo, despues se transforma en huevo.

 Que pasa respecto de la responsabilidad de los médicos en relación a la transmisión de enfermedades a l embrión  ; sobre todo cuando algunos de los gametos es de donante

 Generalmente  a las mujeres donantes se les realizan diferentes estudios, además por otra parte suelen ser amigas, hermanas... yo no hago esto, pero no creo que el medico valla a ser incriminado por un caso se down , por ejemplo...

 Si eso es cierto, pero que pasa con respecto a las enfermedades que pudieron llegar a dectectarse  con los estudios previos¿ existe responsabilidad ?

  si, pero si se alega que en ese momento no se conocía ...por ejemplo el SIDA se conoce desde el año 83, un caso que se haya realizado en el 82...nadie es culpable de esto.

 ¿ cuantos embriones implanta usted?

 Eso es fundamental, en las mujeres menores de 36 años 3 y en las mayores 4, pero es una regla que puede alterarse .. así se viene una mujer que viene fracasandoen varios tratamientos se le pueden implantar mas de 4 o 5 , que no son demasiados . En América latina el 5% de los casos tienen embarazoa múltiples

 Si fecundaron varios embriones, ¿implantan todos?

 La técnica es complicada, nosotros generalmente no ponemos masde dos, porque cuando agarran, agarran todos ... entonces mandamos los otro acongelar, y estos dos siguen adelante...

 Este proceso de congelar los embriones, no puede traer aparejado ningún riesgo para ellos ?

  si, siempre se corre algún riesgo, no le puedo decir el numero exacto, porque las estadistas no siempre dicen lo mismo, pero mas o menos el 30 %

 ¿ fecunda la misma cantidad de óvulos que va a implantar o fecunda más y los sobrantes los crioconserva?

 Yo le pregunto a la pareja si llegado el caso aceptan congelar, la congelación es un procedimiento que tiene que ser acptado por los dos, si deciden que sí entonces yo intento no pasar de 10, para implantar 3 ahora y guardar el resto, para posibles intentos si estos no prenden .

 ¿ que sucede si posteriormente, por el éxito de le primera implantación o pr alguna otra causa la pareja decide no implantar el resto de los embriones?

 Tengo en este momento una pareja en esa situación. En el primer intento fracasé y en el segundo le saque 8 óvulos le pues tres y ahora son padre de mellizos, y no quieren saber nada con estos otros.

Yo les dije que tenia un papel con su firma donde se establece que tienen que recibir estos embriones..

 bueno ¿ los tiene que recibir pero si no se los quiere implantar, usted no va a poder hacerlo, no puede ejercer fuerza física sobre esa mujer...

 Si, es cierto pero como no existe una ley que regule, yo puedo recurrir a la adopción prenatal. Tomar un matrimonio que quiera tener hijos y no pueda, que yo crea que van a ser buenos padre, y con el consentimiento y la autorización de los padre biológicos

 ¿Durante cuanto tiempo puede mantener congelados esos embriones?

 Ese es un tema que salió justamente este verano charlando con un médico argentino, que los conservó 9 años y luego los implanto y nació el niño.

Yo creo que debe existir un limite de 5 años... yo si no he tenido éxito pero tengo guardados más embriones, al año empiezo a llamar por teléfono y a insistir para hacer el implante...

Igualmente yo debo tener solo 20 o 30 casos congelados con menos de 2 años.

Si alguna vez un matrimonio no quiere firmar la autorización a los 5 años yo se los pongo a otra pareja Es un consejo que me dio un miembro de la corte suprema Yo lo consulte por caso similar, tenia embriones de una mujer a la que por una enfermedad tenían que sacarle el útero y obviamente no podía implantárselos. Entonces le pregunte a este juez que hacer, si hablar con algún juez en lo civil, y me dijo que no porque iba a empezar a hacer consultas y me iba a quedar con los embriones congelados. Me aconsejo dárselos a alguien que merezca tener chicos...

 Luego de transcurrido esos 5 años ¿que pasa con esos embriones?

 Bueno, en Inglaterra...

 Los pasan por alcohol!!

 Si, pero porque no tuvieron en cuanta la adopción prenatal. Si el ministerio pone en los diarios un cartel ofreciendo en adopción esos chicos (embriones) que los padre no quieren, habría una cola de 2000 personas No es cierto? Pero no se les ocurrió por que ello no ceen en la adopción.

 ¿Y usted que hace si no encuentra una pareja que los quiera ? ¿ los tira?

 No! no se pueden tirar

 No porque estamos hablando de personas ¿no? 

 

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29-   Elsa benitez y Carlos A. “ los medicos el estado y los derechos personalisomos . El derecho de procreacion, obligaciones maternales,  y salud “ JA 1997- IV Pag 985

30-   Jose tara Borelli y Silvia N Bianchi “ fertilidad asistida . El dercho del donante a conocer el destino del componente genetico”

31-   Graciela Medina ¿ Exise un derecho subjetivo a la procreación?JA 1996 . III pag 789

32-Pedro Di Lella y Alejando S Hamudis "Ultimas reformas al derecho sucesorio" LL 1986 -D pag 1049

33-Silvana Chiapeso de VasVIctoria Tagla de Marrana "  La protección jurídica del embrion" JA 20 /12/89

34- Roberto Andorno " Procreción asistida, concepciones contrapestas en el dercho Europeo y en los proyectos de la ley argentina" JA 1994 II Pag 925

35- Congreso Mundial Vasco" La filiacion a fines del siglo XX"

a- Encarna Roca Trias"la insidencia de la inseminacion y fecundacion en los derchos fundamntales y su proteccion"

b-Carcoba Fernandez " Status juridico del embrión humano"

c- Vicente Lopez Montes Penades " el concentimiento en las nuevas tecncas de reproduccion humana"

d- Pantaleon Prieto "Procreacion artificial y respoensablidad civil"

36-Convenio para la proteccion de los derchos humanos y la dignidad del ser humanocon respecto a la aplicacion de la biologia y medicina, JA 1997 III 817

37 Declaracion Iboamercana sobre Etica y genetica.   1998- IV pag 1114

38- Diario Clarin 25/7/96" Cumple 18 años el bebe probeta Louis Brawn"

39-Clarin 3/11/99 " Tener un hijo de un marido muerto"

 40-Revista salud vital 19992 Espermatozoides vitaminicos2

41-clarin 8/11/99 " Discuten si la donacones de semen deben ser anonimas"

42-clarin 9/11/99 "ovulos"

43- Graciela N. Messina y Estrella Gutierrez "Responsabilidad derivada de la biotecnología"

44- Lidia Noemí Makinanich de Basset "Daño genéico"

45- Beatriz Biscaro "Fecundación Asistida" Algunas cuestiones cinculadas a la responsabilidad en el marco normativo vigente.

46- Klaus Demmer "Tecnología genética y hombre, implicación ética de un reto contemporáneo"

47- Lacadena Calero "Status del embrión previo a su mplantacíon"

48- Carlos Alonso Bedate "Reflecciones sobre cuestiones de vida y muerte"

49-Enrique Carlos Banchio "Daño genético y Respnsabilidad civbil" Homenaje al Dr. Bustamante Alsina. 1990. Abeledo Perrot. "Status juridico del nasciturus en la prcreación asistida" LL-1991-B-826.

50- Santos Cifuentes

"El concepto de persona" ED-10.832.

"Derechos personalísimos"

"Tutela de la persona" Revsta del notariado n°830.

51- Dolores Loyarte y Adriana Rotonda

"El desafio bioetico de la fecundación asistida. Necesidad de protección jurídica del embrión hmano"

"Procreación humana artificial"

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