LA BIOLOGÍA NO CONOCE NINGUNA MORAL

archivo del portal de recursos para estudiantes
robertexto.com

enlace de origen
Jürgen Habermas

Traducción de Guillermo Hoyos Vásquez
Título original: Biologie kennt keine Moral. Nicht die Natur verbietet das Klonen. Wir müssen selbst entscheiden en: DIE ZEIT, Nr. 9, febrero 19 de 1998, Hamburg, p. 34
Autor Jürgen Habermas, sociólogo y filósofo, es profesor emérito del Seminario de Filosofía de la Universidad de Frankfurt desde 1994.

IMPRIMIR

 

No es la naturaleza la que prohibe la clonación. Nosotros mismos tenemos que decidir. Respuesta a Dieter E. Zimmer.

 

En la cuestión acerca de si debería permitirse clonar hombres, Dieter E. Zimmer ha abogado porque en esto no nos orientemos por categorías morales como la libertad y la responsabilidad, sino por la biología (ZEIT Nr. 8/98). Un debate racional de los problemas de la bioética exige ciertamente un conocimiento suficiente de las discusiones y hechos pertinentes de las ciencias naturales. Pero las cuestiones normativas no se pueden tratar razonablemente sin tener en cuenta puntos de vista normativos.
El mismo Zimmer se vuelve contra la licitud de la clonación de organismos humanos con la siguiente argumentación. La clonación suspendería la dirección casual de la combinación de los genes paterno y materno, con lo que se suspendería un mecanismo natural de variación. Precisamente a este mecanismo le debemos que hasta ahora los recién nacidos vengan al mundo como ‘únicos’ genéticamente, —con la excepción, despreciable estadísticamente, de los gemelos univitelinos—. Pero dado que el hombre       —como “ser genérico”— sólo gracias a sus dotes naturales ampliamente variadas se ha transformado en un “genio de la adaptación”, llega Zimmer a la siguiente conclusión: “Si los hombres comenzaran a clonarse irían contra uno de los principios a los que deben su existencia. Por ello no deben permitírselo”. Pero de esta consideración sólo se puede sacar una conclusión estrictamente práctica, si tenemos además en cuenta presupuestos normativos. O considera Zimmer que nuestra “capacidad de adaptación” propia de la especie es un valor que merece por sí mismo ser optimizado; o muestra que la optimización de una tal capacidad también es necesaria bajo determinadas condiciones de la civilización para la conservación de la especie, y complementa entonces la constatación empírica mediante el mandato moral de que estamos obligados a la conservación de la especie, por tanto a la continuación generativa de la vida humana. ¿Pero estamos obligados a ello?

Quien quiera comprender a Darwin, debe leer a Kant

La biología no nos puede dispensar de consideraciones morales. Y la bioética no nos debería llevar a extravíos biológicos. Por otro lado, los puntos de vista morales son materia de discusión, y en especial la incorporación moral de nuevos fenómenos. Esto vale también para el intento de alcanzar con conceptos kantianos las posibles consecuencias de la clonación de organismos humanos.
Parto de que los fundamentos de un orden jurídico igualitario sólo permiten aquellas competencias de decisión que son compatibles con el respeto recíproco de igual autonomía de cada uno de los ciudadanos. Así, por ejemplo, sólo puede ejercer otro disponibilidad limitada sobre mi fuerza de trabajo temporal y objetivamente, si he dado mi consentimiento para ello. Ciertamente hay “relaciones especiales de dominio” como entre padres e hijos. Pero, prescindiendo de que también el dominio de los padres está restringido jurídicamente, para la cuestión acerca de si la clonación de humanos intervendría en la simetría fundamental de las relaciones recíprocas entre personas con derechos, libres e iguales, basta con considerar la relación entre adultos o, en sentido jurídico, mayores de edad. La dependencia del destino de la socialización es sin duda de otra especie que la del “destino” genético: la persona que crece puede en todo caso “separarse” de la casa de los padres y “romper” con sus tradiciones, mientras permanece sometido a sus genes.

¿Tiene un hombre clonado otra autocomprensión?

La pregunta es, ¿qué debería cambiar para la autocomprensión moral de una persona adulta, si no hubiera sido generada naturalmente, sino clonada? Evidentemente no cambia la dependencia de un programa genético, sino la dependencia de la fijación de este programa por otra persona. Cuando los padres se deciden a tener un hijo propio, éste se hace descendiente de un tejido genealógico intrincado por causa de la combinación, dirigida por el azar, de los genes de ambas partes.
Zimmer acentúa con derecho la diferencia entre esta decisión y la de una persona de producir una copia lo más exacta posible de su código genético. Esto fundamentaría una especie, hasta ahora desconocida, de relación interpersonal entre muestra e imagen genética. En efecto, la fijación intencionada de la sustancia hereditaria significa que para el clon se perpetúa de por vida un juicio que ha decretado sobre él otra persona antes de su nacimiento. Si las connotaciones de la metáfora judicial disgustan, puede decirse con Lutz Wingert que aquí se da una relación interpersonal semejante a la del diseñador y su producto.
Sea como sea, surge un problema desde dos posiciones: el de la obscenidad moral de una duplicación, por autoritarismo y autoenamoramiento, de la propia disposición genética, del lado del productor; y del lado del producto, el problema de la intervención en una zona que, de otra forma, nunca está a disposición de otros.
La persona clonada tendría sin duda como todos los demás la libertad de comportarse con respecto a sus capacidades y limitaciones y encontrar desde este punto de partida respuestas productivas. Pero para él estos “hechos del nacimiento” no serían ya meras circunstancias casuales, sino el resultado de una acción intencionada. Lo que para otros es un acontecimiento contingente, el clon lo puede atribuir a otra persona. La imputabilidad de la intervención intencionada en una zona de no disponibilidad constituye la diferencia relevante moral y jurídicamente.
La expresión “no disponible” sólo debe significar que la intervención de otras personas, con las que desde el punto de vista normativo somos iguales, está excluida. Que las condiciones de la formación personal de la identidad no son disponibles en este sentido, es algo que pertenece evidentemente a la concepción moderna de la libertad de acción. De otra forma se pone en cuestión el reconocimiento recíproco de la misma libertad para todos. El clon sabe que él no sólo por casualidad sino por principio no puede tomar el mismo tipo de determinaciones con respecto a su productor que las que pudiera tomar éste con respecto a él.
Contra esto se puede objetar que tampoco los niños engendrados por sus padres pueden engendrarlos a ellos. Pero esta asimetría se refiere esencialmente a la circunstancia de que el hijo llegue al mundo, es decir, al mero hecho de su existencia; no tiene nada que ver con la forma y modo como el hijo puede realizar esta existencia con base en un núcleo heredado de capacidades y propiedades.
Yo no estoy seguro acerca de la forma como este cambio de perspectivas podría influenciar nuestra autocomprensión moral. Hasta donde puedo ver, la clonación de hombres tendría que herir aquella condición de simetría en la relación entre personas adultas, sobre la que hasta ahora descansa la idea del respeto recíproco de libertades iguales. 
Esta reserva no se extiende, como lo afirma Zimmer, a cualquier tipo de intervenciones terapéuticas en el organismo de alguien dependiente que no es consultado, ni siquiera con respecto a la eliminación preventiva de enfermedades (algo que nunca está prescrito, sino que sólo podría estar permitido). Acerca de la justificación normativa de tales intervenciones prenatales bien descritas sólo veo ciertamente argumentos negativos, en general: evitar males. Quizá ya esta misma formulación es demasiado débil, puesto que la definición de los males depende de criterios culturales que pueden ser muy problemáticos. ¿No hubo ya épocas en las que “razas inferiores” eran un mal?
No tengo la impresión de que ya hayamos encontrado las respuestas correctas a las preguntas morales y jurídicas de la técnica genética y de la medicina de la reproducción. Pero eso sí: la biología misma no puede dárnoslas.

revista UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA 252

VOLVER

SUBIR