APROXIMACIÓN METODOLÓGICA AL PROBLEMA DE LA COMPRENSIÓN

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Gustavo Caponi
Universidad Federal de Santa Catarina

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ABSTRACT: In The Open Society and Its Enemies and The Poverty of Historicism, Popper argues that there is no essential methodological distinction between human and natural sciences. Each of them, he claims, endeavors to elaborate and test causal explanations of the phenomenal world. However, in later writings he revises his position. The very notion of "situational (or logic) analysis" (previously introduced to characterize a simple heuristic device employed in the elaboration of explanations of human action) is more and more identified with the notion of "objective understanding." Such a notion is thought of as referring to the method which is peculiar to the human sciences. I show that the peculiarity of this method lies in the fact that experience is no longer investigated by means of "the principle of causality." Rather, it is investigated by means of what Popper calls "the principle of rationality" or "the principle of the adequacy of actions."

 

En La Miseria del Historicismo, Popper insistió en que no había ninguna diferencia metodológica esencial entre ciencias humanas y ciencias naturales. Ambas, nos decía, obedecen a nuestras tentativas de construir y contrastar explicaciones causales de los fenómenos que en uno y otro caso estudiamos; sean ellos "humanos" o "naturales" (Popper 1973:p145 y ss; Popper 1985: Cap.25). Pero, en escritos posteriores (Popper 1978:p 25; Popper 1974:p.169 y ss.; Popper 1977: p.158; Farr 1983), esa posición será revisada, y la misma noción de "análisis situacional" que inicialmente había sido propuesta para caracterizar un mero recurso heurístico que se utilizaría en la construcción de putatívas explicaciones nomológico-deductivas de la acción humana (Popper 1973:p. 163 yss), comienza a ser identificada con la de "comprensión objetiva"(Popper 1978:p.25; Popper 1974: p.177). Siendo que este ultimo concepto es introducido en el discurso popperiano para aludir a una operación teórica distintiva y común a todas las ciencias humanas (Popper 1978: p.25): una operación cuya peculiaridad consistiría en que, al ejecutarla, ya no pensamos a la acción humana como si se tratase de un comportamiento cuya descripción puede deducirse de una conjunción de condiciones iniciales y enunciados nomológicos; sino que la consideramos como una respuesta adecuada a cierta situación problema cuya reconstrucción conjetural constituye aquello que hemos de denominar "comprensión". Y lo que esa reconstrucción nos mostraría es como, dada una cierta "ecuación" entre las metas del agente, sus valores y las informaciones con que cuenta, el curso de acción por él escogido pude ser considerado como el mas indicado, el mas oportuno o el mas adecuado para resolver la situación-problema en la que el mismo se encuentra.

Así, podemos presentar a la comprensión objetiva como obedeciendo a una estructura silogística muy simple (y, por cierto, bastante débil) cuya conclusión (C) es una descripción de la acción u opción que queremos comprender; y cuyas premisas son: (A) una descripción de las metas del agente; y (B) una descripción no solo de las informaciones y de las teorías, sino también de las pautas axiológicas a las que obedece su opción. Siendo posible representar ese tipo de razonamiento con el esquema general:

(A) La meta de X es Y.

(B) En base a las teorías, informaciones y pautas axiológicas de X, Z es el mejor  (técnicamente), mas aceptable (moralmente) medio disponible para lograr Y.

(C) X opta por (o intenta, o decide) realizar Z.

Pero, si lo que nos interesa es, justamente, explicitar la forma y la lógica de esa operación llamada comprensión, un esquema tan simple y claro como el que acabamos de proponer solo puede servirnos para mostrar que la idea popperiana de "análisis situacional" parece suponer algo mas que la mera referencia a metas y pautas epistémicas o axiológicas de agente cuya acción queremos comprender. Y ese "algo mas", tal como el propio Popper (ahora si) nos dice, no es otra cosa que ese principio "conocido bajo el nombre de 'principio de racionalidad'"(Popper 1968: p.136). Siendo que lo que el mismo afirmaría es precisamente que "los individuos obran siempre de un modo adaptado a la situación en que se encuentran"(Popper 1968: p.139); entendiendo, por supuesto, que los fines y las actitudes de tales individuos son los elementos que definen esa situación (Popper 1968: p.136). O como lo explica John Watkins: "Un individuo está inmerso en una situación-problema objetiva; tiene ciertos fines (...) o quizá un fin único, y hace una apreciación fáctica (que puede ser una apreciación errónea) de su situación problema. El principio de racionalidad dice que actuará de un modo 'apropiado' para su(s) fin(es) y apreciación situacional"(Watkins 1974: p.86)

La cuestión principal, sin embargo, reside menos en la formulación de dicho enunciado que en la determinación de su estatuto epistemológico. Así, una alternativa consistiría en pensarlo como una suerte de enunciado nomológico, entre inexacto y trivial, al cual - tal vez por no contar con una alternativa mejor, o tal vez por esa misma trivialidad - siempre recurrimos en la explicación de la acción. Pero, otra posibilidad diferente sería la de considerarlo como un marco indispensable, o un horizonte intransponible, para toda tentativa de comprender la acción. En el primer caso, volveríamos a la posición que Popper ya había esbozado en aquel, párrafo de La Sociedad Abierta y sus Enemigos en donde leemos que:

"La mayor parte de las explicaciones históricas hacen un uso tácito, no tanto de las leyes sociológicas y psicológicas triviales, sino de lo que llamamos (...) la 'lógica de la situación'; es decir, que ademas de las condiciones iniciales que describen los intereses y objetivos personales y demás factores de la situación (...) suponen tácitamente, a modo de primera aproximación, la ley general trivial de que las personas cuerdas actúan, por lo común, en forma mas o menos racional"(Popper 1985: p.427).

Y así, no solo podríamos concluir que, para Popper, la comprensión no es mas que un tipo de explicación, sino que también podríamos identificar su "principio de racionalidad" con aquel enunciado nomológico L1, que, según Churchland, esta implícito en nuestras explicaciones causales de la acción. Pero, pese a que el propio Popper finalmente parecía inclinado o propenso a optar por este modo de ver las cosas, sus textos nos dan elementos suficientes como para intentar esbozar y proponer aquella otra manera de entender "el principio de la acción adaptada (es decir: el principio de racionalidad)"(Popper 1968: p.140) a la que aludíamos poco mas arriba: aquella manera de pensarlo en la cual lo consideramos, no como un mero recurso para la explicación de la acción, sino justamente como un principio metodológico constitutivo y definitorio de esa otra operación llamada "comprensión". Es decir de pensarlo como si se tratase de aquello que propone y define la forma de toda indagación que, en relación al sentido de la acción, quepa plantear y desarrollar.

Se trata, en definitiva, de atender a la posibilidad de reconocer en este enunciado a una genuina "máxima regulativa de la investigación social"(Farr 1983: p.172) cuyo lugar en la comprensión de la acción humana podría ser pensado como análogo al que, según el propio Popper, el "principio de causalidad" ocuparía en la explicación de los fenómenos naturales. Y cuando decimos esto no estamos aludiendo a otra cosa que al tratamiento que nuestro autor da a este último principio en La Lógica de la Investigación Científica. Allí, y en ocasión de presentar el "modelo nomológico causal" de explicación, Popper nos dice que, en el marco de una reflexión metodológica, no es necesario introducir ninguna afirmación relativa a la aplicabilidad universal de dicho modelo tal como lo sería un principio de causación universal entendido, sea como un enunciado empírico, sea como una regla relativa a la constitución de la propia experiencia;(Popper 1980: p.59) sino que basta con aceptar la decisión o cláusula metodológica de que "no abandonaremos la búsqueda de leyes universales y de un sistema teórico coherente, ni cesaremos en nuestros intentos de explicar causalmente todo tipo de acontecimientos que podamos describir".(Popper 1980: p.59)

Es decir: la metodología no solo no precisa de recurrir a una frágil o imposible justificación empírica (como las propuestas por Mill y Schlick) del principio de causalidad; sino que tampoco requiere de una fundamentación metafísica del mismo. Pero, cuando decimos esto último, no solo pensamos en una trasnochada "ontología determinista" o, simplemente, "causalista"; sino que también aludimos, en general, a cualquier tentativa de presentarlo, en virtud de argumentos trascendentales, como un principio constitutivo de toda experiencia posible. Sea este el caso de Kant y de su "segunda analogía de la experiencia"; como el del Wittgenstein del Tractatus, para quién: "lo que se puede describir puede ocurrir también, y lo ha de excluir la ley de causalidad es cosa que tampoco puede describirse"(Wittgenstein 1987: 6.362; cfr también: 6.32 y 6.36).

De lo que se trata, en resumen, es tanto de prescindir de cualquier tentativa de prometer el mundo a nuestras hipótesis causales (es decir: de garantir a priori su inteligibilidad); como de eludir toda pretendida justificación de los eventuales, dudosos y frágiles éxitos conseguidos en nuestros esfuerzos por explicar y predecir los fenómenos en términos nomológico-deductivos. Pero, si se evitan tales recursos no es tanto porque se los considera problemáticos, o, incluso, ilegítimos; sino mas bien por considerarse que, en el marco de una reflexión metodológica, solo necesitamos de una norma que nos conmine a procurar una explicación causal aceptable para todo fenómeno natural registrado y observado. Siendo que, torpemente formulada, esa regla metodológica sería mas o menos así:

"Dada la descripción (C) de un fenómeno X, se debe formular y testar un conjunto de hipótesis tal que contenga: (1) la descripción (B) de un otro fenómeno Y y (2) la formulación de un enunciado nomológico no ad-hoc (A) que establezca una conexión deductiva entre X e Y, de modo tal que [(A.B)=> C]".

Pero, mucho mas importante que dar con una formulación mas o menos elegante o precisa de esa "máxima regulativa de la investigación experimental", es percatarse de que la misma, lejos de pretender ofrecernos una guía para resolver problemas científicos, lo que hace es instituir la forma y el principio generador de tales problemas. Nos da, por decirlo de alguna manera, la pauta de lo que se espera que sepamos; pero no nos dice como saberlo. Nos propone, en definitiva, un modo de preguntar: aquel que es propio y definitorio de la ciencia experimental y que podríamos llamar "modo experimental" o, aun, "modo nomológico-causal de interrogar los fenómenos".

En el marco del mismo, y ante un hecho cualquiera, el científico ha de preguntarse bajo la mediación de que leyes, que causas lo produjeron; siendo que la respuesta que se espera de una pregunta semejante constituye lo que se denomina una "explicación del fenómeno". Pero claro: no siempre interrogamos a la realidad en términos nomológicos-causales; es decir: no siempre pedimos explicaciones de los fenómenos. En ciertas ocasiones, indagamos al mundo desde otra perspectiva; y, dejando de considerar a las cosas como efectos determinados por un marco de leyes naturales y una conjunción de condiciones iniciales, comenzamos a abordarlas como respuestas o soluciones a determinadas "situaciones-problemas". Siendo este el caso, por lo menos, de las ciencias humanas. En ellas ya no se atiende a esa máxima regulativa (o decisión metodológica) que nos exige explicar causalmente a los fenómenos; sino que se sigue el imperativo de una otra decisión metodológica que bien podríamos llamar "principio de racionalidad" o, aun usando otra expresión de Popper, "principio de adecuación de las acciones". Y el mismo, si se nos permite, podría ser formulado así:

"Dada la descripción (C) de un curso de acción Z escogido por un agente X, se debe formular y testar un conjunto de hipótesis tal que contenga: (1) la descripción (A) de una meta Y empíricamente imputable a X y (2) la enumeración (B) de un conjunto de informaciones, teorías, preferencias y pautas axiológicas, también atribuibles a X, bajo cuya consideración Z podría ser pensado como la mejor (o mas correcta) alternativa disponible para conseguir Y."

Pero atención: esta versión metodológica del principio de racionalidad ya no cumple ni la función de aquel L1 formulado por Churchland, ni tampoco la de aquella torpe e inexacta aproximación a lo real de la que Popper nos hablaba. Su papel no es el de completar la "explicación intencional" explicitando una premisa tácita que permitiría predecir una acción en virtud de hipótesis sobre metas y actitudes epistémicas; sino el de decirnos cual debe ser la forma de tal "explicación". Lejos de ayudarnos a "comprender", el principio de racionalidad nos dice en que consiste la comprensión y estipula que es lo que debemos saber para poder afirmar que hemos comprendido un cierto curso de acción. Por eso, si esta "máxima regulativa de la investigación social" no sirve como complemento del modelo de "explicación teleológica" propuesto por Von Wright, es simplemente porque su función es mostrarnos la forma y sancionar la suficiencia del mismo, al indicarnos que comprender no es otra cosa que conocer las pautas epistémicas y axiológicas bajo cuya consideración una acción puede ser pensada como adecuada a un cierto fin.

Siendo que, en este sentido, las analogías entre ambas formulaciones metodológicas de los principios de causalidad y racionalidad son obvias y saludables: la primera define la operación discursiva requerida para tornar inteligible un fenómeno natural y, de ese modo, le marca el rumbo a la ciencia de la naturaleza; la segunda, por su parte, hace otro tanto con la operación requerida para tornar inteligible una acción y, de ese modo, marca el rumbo de las ciencias humanas. La primera, en suma, nos dice que es "explicar"; y la segunda, en cambio, nos dice que es "comprender". Pero ninguna de las dos, insistimos, se propone como recurso para tales operaciones: ni el principio de causalidad refuerza la explicación, ni el principio de racionalidad completa la comprensión.

Notemos, además, como de ambas reglas se siguen, de un modo tácito, sendos criterios para evaluar la suficiencia de los elementos de juicio con que contamos para explicar los fenómenos naturales y para comprender la acción humana. Así, mientras en lo referente al primer caso, el principio de causalidad nos indica que aquello que adujimos para explicar un fenómeno debería ser suficiente para predecirlo; en lo referente al segundo caso, el principio de racionalidad parece decirnos que: "si el curso de acción efectivamente escogido por un determinado agente no se muestra adecuado a los objetivos y actitudes que hipotéticamente le imputamos; entonces, este último conjunto de hipótesis debe ser rectificado o complementado con información adicional". Y esto significa que, si comprendo una acción, entonces debo poder anticiparla. Siendo que mi dificultad para lograr esto último puede ser considerada como un índice de mi falta de comprensión.

Con todo, abundar en las analogías puede ser menos provechoso que llamar la atención sobre las diferencias entre las operaciones de comprender y explicar que estos principios permiten establecer. Así, y del mismo modo en que ya dijimos que el principio de racionalidad no debe ser considerado como un tipo peculiar (o precario) de ley científica, también debemos insistir en que la comprensión no debe ser entendida como una clase especial (tal vez "parcial") de explicación causal: comprender no es determinar las causas (o aun los motivos o estímulos) que desencadenaron un comportamiento. Las metas, las teorías y las pautas axiológicas o normativas bajo cuya consideración una acción puede ser juzgada como "adecuada a la situación", no son causa eficiente de la misma; y por ello no se requiere de ningún enunciado nomológico que las vincule de modo necesario. La comprensión no exhibe una conexión causal sino teleológica; y era a eso que aludíamos cuando nos referíamos a esos contextos en donde la experiencia ya no es pensada en términos de relaciones (nomológicamente mediadas) de causa-efecto, y si en virtud del par "solución-problema".

Pero atención: ese desplazamiento en el modo de conceptualizar la experiencia tampoco debe ser pensado en términos de auxilio o de complemento. La comprensión no está llamada a completar, a socorrer, o, aún, a suplantar a la explicación causal cuando esta se enfrenta con fenómenos muy complejos o especiales: ambas operaciones responden a intereses diferentes, a dos modos distintos de interrogar los fenómenos; y una nunca puede servir para responder las preguntas que piden por la otra. Cuando dejamos de considerar un comportamiento en términos puramente físicos o fisiológicos (es decir: cuando dejamos de pensarlo como un movimiento o una reacción pasible de explicación) y comenzamos a entenderlo como una acción digna de comprensión, no es porque carezcamos de recursos para responder las preguntas del físico o del fisiólogo; sino porque las propias preguntas han cambiado. Lo que queremos saber, lo que ignoramos, ya no es lo mismo; y lo que ha cambiado es, antes que nada, la propia forma de nuestra interrogación: he ahí, pues, la primera y fundamental diferencia entre comprensión y explicación que aquí queremos presentar y subrayar.

Por fin, y retornando al juego de analogías entre los principios de causalidad y de racionalidad en el que antes nos demoramos, insistamos en el hecho de que los mismos permiten caracterizar y distinguir las operaciones de explicar y de comprender sin incurrir en disquisiciones relativas a la constitución de la propia experiencia. Al ser enunciados puramente metodológicos, estas "máximas regulativas" de la investigación experimental y social, definen sendos procedimientos discursivos sin presuponer nada en relación a los objetos a que cada una se dirige: ni el principio de causalidad promete una naturaleza legaliforme y, por lo tanto, explicable; ni el principio de racionalidad promete una humanidad racional y, por lo tanto, comprensible.

 

Referencias

Caponi, Gustavo. 1995. "Epistemología en Clave Institucional". En Manuscrito 18, pp.65-96

Churchland, Paul. 1970. "The Logical Character of Action-Explanations". En The Philosophical Review 79, pp 214-236

Farr, James.1983."Popper's Hermeneutics". En Philosophy of the Social Sciences 13, pp.157-176

Mises, Ludwig Von. 1980. La Acción Humana. Trad. Cast. de Joaquín Reig Albiol. Madrid, Unión.

Popper, Karl.1968. "La Racionalidad y el Status del Principio de Racionalidad". En Revista de Occidente 4, pp.133-146.

Popper, Karl. 1973. La Miseria del Historicismo. Trad.Cast. de Pedro Schuwartz. Madrid, Alianza-Taurus.

Popper,Karl. 1974. Conocimiento Objetivo. Trad. Cast. de Carlos Solís Santos. Madrid, Tecnos.

Popper, Karl. 1977. Busqueda sin Término. Trad. Cast. de Carmen García Trevisano. Madrid, Tecnos.

Popper, Karl. 1978. "La Lógica de las Ciencias Sociales". En La Lógica de las Ciencias Sociales. Trad. Cast. de Jacobo Muñoz. Grijalbo, México.

Popper, Karl. 1980. La Lógica de la Investigación Científica. Trad. Cast. Victor Sanchez de Zavala. Tecnos, Madrid.

Popper, Karl. 1985. La Sociedad abierta y sus Enemigos. Trad. Cast. de Virgilio Ortega. Orbis, Buenos Aires.

Watkins, John. 1974. "Racionalidad Imperfecta". En La Explicación en las Ciencias de la Conducta. Trad.Cast. de J. Daniel Quesada. Alianza, Madrid.

Wittgenstein, Ludwing. 1987. Tractatus Lógico-Philosophicus. Trad. Cast. de Jacobo Muñiz e Isidoro Reguera.Alianza, Madrid.

Wright, Georg H. Von (a). 1980. Explicación y Comprensión. Trad. Cast. de Luis Vega Reñón. Alianza, Madrid.

Wright, Georg H. Von (b). 1980. "Réplicas".En Ensayos sobre Explicación y Comprensión. Trad. Cast. de Luis Vega. Alianza, Madrid. pp. 141-182

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