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EL PROBLEMA SEXUAL EN LAS PRISIONES archivo del portal de recursos
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Antecedentes
El tratamiento de temas relacionados con el instinto e
impulso sexual, obedece a una maduración del espíritu del
hombre, al progreso de sus conocimientos y de sus necesidades sociales.
Hasta hace pocos años todo lo referido al sexo permanecía
dentro de la esfera del tabú y del vituperio. Hoy hasta los niños
hablan de él sin hipocresías ni escabrosidades.
Desde
la más remota antigüedad hasta la Edad Moderna, las cárceles
sirvieron de aseguramiento y depósito indiscriminado de hombres,
mujeres, niños e incluso alienados, a la espera de la muerte o del
tormento; ¡imaginemos las situaciones que habrían de plantearse
en el terreno sexual!. al crearse la pena de privación de la libertad
se promovió la separación de los sexos. Se encarceló
a hombre y mujeres por separado, pero esta separación no siempre
fue efectiva.
Howard , que recorrió establecimientos penales
europeos, ha dejado conceptos incisivos que son aplicables a la actualidad.
En sus palabras puede apreciarse un acento de vehemente dolor por los horrores
que presenció, entre los cuales el problema sexual no escapa a su
conocimiento: “ En la formación de las instituciones destinadas a
reprimir al malvado, es preciso no perder de vista el verdadero designio
del castigo. Este objeto no debe ser el gusto de satisfacer los sentimientos
de venganza, sino la prevención del crimen, y ésto sólo
puede conseguirse por medio de la aplicación de medidas a propósito,
para impedir la reincidencia del delincuente, y apartar de él a los
demás. Ambos objetos pueden lograrse por medio de una disciplina
de cárceles bien regulada. Éstas, por desgracia, se han manejado
casi generalmente, de manera que han producido resultados diametralmente
contrarios. Porque en donde los presos no han sido tratados con violencia
y con crueldad, han sido víctimas del abandono, y se les ha sujetado
a una severidad a que la ley no les condenaba, y que era repugnante a la
humanidad. Se les ha sepultado en asquerosos y hediondos calabozos, en donde
se les ha privado del aire, de la comida y del ejercicio y se les ha degradado
por medio del castigo corporal. Se les ha oprimido con grillos y cadenas
y se les ha consumido con enfermedades. No se han causado a los presos perjuicios
menores en su ánimo, que los que han injuriado su persona. La ociosidad,
la reunión indistinta de todos y la depravación han viciado
al inocente, han hecho todavía más malo al criminal y han
confirmado en su propósito al malvado: y de la combinación
de todas estas causas, una cárcel, en lugar de ser beneficiosa, ha
sido una plaga para el público; y los presos no han vuelto a la sociedad,
si no es para robar la propiedad del hombre de bien, para corromper la moral
y para alterar la tranquilidad pública”.
En el régimen
celular, pensilvánico o filadélfico, que con diversas modalidades
fue utilizado en distintas partes del mundo - especialmente en los Estados
Unidos a fines del siglo XVIII -, que incluía el trabajo en común,
se cuidó muy bien la aproximación o el contacto de los presos
aunque fuera verbal. Recuérdese que en los actos oficiales, como
en las ceremonias del culto, ellos no podían verse pues iban cubiertos
con capuchones negros, como los cartujos. Se trataba de que no “intercambiaran
sus malas artes”, pero seguramente también se evitaban contactos
y desviaciones de tipo sexual, aunque esto último no haya sido confesado.
A ello obedecía, en buena parte, las comidas frugales y los ayunos
frecuentes a que eran sometidos con el fin de reducir cualquier clase de
excitación.
En todas las épocas el encierro ha acarreado
padecimientos de índole sexual y deformaciones del instinto. Estas
aberraciones son connaturales a la prisión en sí. La cuestión
no es nueva pero el tratamiento científico comienza en la tercera
década de nuestro siglo.
Como lo recuerda Belloni, Luis
Lucchini, que dirigió la “Rivista Penale”, por el año 1878,
recabó vigorosamente la necesidad de “... un maduro estudio, en consideración
de los funestos efectos causados por la supresión de las satisfacciones
sexuales en las penas de más larga duración”. El realismo
de espectáculo tan cruel indujo por la misma época a un argentino,
Luis V. Varela, a dirigirse al gobernador Casares, aconsejándole
que permitiese el acceso a la celda a la esposa del penado, porque de lo
contrario, ésta iba a tener relaciones ilícitas fuera de la
cárcel y, por su parte, aquél se entregaría a las prácticas
de la homosexualidad. Se fundamentaba, para aconsejar este sistema, en el
dicho de Alberdi, “Gobernar es poblar”. Decía Varela que “tener tres
o cuatro mil individuos en las cárceles, condenados a la esterilidad,
quedando al salir de las cárceles en condición de no poder
reproducir, era un error muy grande y signo evidente de una mala política
social y carcelaria”.
Sexualidad carcelaria
La sexualidad en el ámbito carcelario es sin duda
uno de los temas que más ha intrigado a la población y preocupado
a los penólogos y humanista por las contradicciones que pueden encontrarse
en el derecho penitenciario a este respecto.
No existe en el derecho
penal, las normas de ejecución o los reglamentos carcelarios disposición
alguna de la que emane la obligación de abstinencia sexual de los
condenados y mucho menos de los procesados sometidos a medida de seguridad,
menos aún cuando el ejercicio de la sexualidad es considerado actualmente
como una necesidad humana y por lo tanto un derecho indisponible por el
juez o la administración penitenciaria.
La sexualidad entendida
en su sentido lato y no como genitalidad es inherente a la raza humana desde
su más temprana edad, no pudiendo ser cercenada por mandato legal,
reglamentario o administrativo, sin afectación de la salud física,
psíquica y social del reo.
En tal sentido, las Reglas Mínimas
para el Tratamiento de los Reclusos de la Naciones Unidas establecen en
referencia a la sexualidad: “a los internos casados de uno u otro sexo podrá
permitírseles a su requerimiento visitas privadas de sus cónyuges,
sin tomar en cuenta la calificación de la conducta, una vez que adecuadas
las condiciones de la arquitectura, pueda ésta proporcionar el recato
y el decoro que inspira la institución matrimonial” y “la administración
podrá permitir a los demás internos la visita privada de personas
de otro sexo en locales apropiados”. Nunca podrá hacerlo en los lugares
donde los casados reciben a sus cónyuges.
La pena tiene en países
como el nuestro una porción adicional de castigo que será
la abstinencia sexual y que alcanzará no sólo al penado sino
también a su cónyuge al cual el ordenamiento jurídico
le impone la fidelidad matrimonial. Esta situación es una de forma
de extensión de la infamia que recae sobre el reo y que se proscribe
constitucionalmente.
Así se crea una doble abstinencia sexual
de origen legal, por un lado la del interno y por otro lado la del cónyuge,
sobre la cual Neuman expresaba “la mutilación funcional del sexo
alcanza a seres inocentes. El cónyuge del detenido o detenida, que
nada tiene que ver con el delito, se ve privado de su natural satisfacción
erótica y ésto constituye un castigo accesorio de la privación
de la libertad, que no le concierne directamente”.
Existe la contradicción
del sistema jurídico de obligar a un ser libre e inocente a una castidad
forzada, pues de lo contrario será adúltero o bígamo,
creando un detrimento en la salud física, psíquica, moral
y social del cónyuge.
La continencia sexual no deseada produce
trastornos psíquicos y también físicos, estos últimos
producidos por el sistema glandular de segregación del aparato genital;
sin embargo, las consecuencias más severas pueden evidenciarse en
el campo de lo psíquico, donde puede producir angustias, desesperación,
decaimiento, histeria, tendencias suicidas, agresividad o como explica Freud,
neurosis.
El interno privado del ejercicio de una sexualidad plena comienza
primero a tener un retraimiento natural producto de su adaptación
al medio hasta que sus necesidades e instintos lo empujan a la masturbación
solitaria primero, la autoerotización colectiva después y
más tarde a mantener relaciones homosexuales en prácticas
individuales y colectivas.
El problema sexual en las cárceles
es constante fuente de trastornos neuróticos, psicológicos
y físicos, que generan revueltas y motines que ponen en peligro la
vida, seguridad e integridad de los detenidos y del personal del establecimiento.
La masturbación, onanismo o autoerotización individual y colectiva
constituyen no sólo una realidad de las prisiones argentinas sino
de las del mundo entero, así se puede afirmar que entre un noventa
y un noventa y cinco por ciento de los internos se prestan a estas prácticas.
Algunos doctrinarios sostienen que éste es el punto de partida para
la disfuncionalidad del sexo y afirman que los encarcelados terminan teniendo
relaciones homosexuales en un porcentaje superior al ochenta por ciento.
La cuestión sexual en la cárcel, problema oficialmente inexistente,
ha generado una subcultura del comercio sexual carcelario, en el cual se
puede vender de parte del jefe de pabellón a un joven ingresante
hasta el procedimiento de sometimiento de aquél para poder comercializarlo
posteriormente al mejor postor o quedárselo para sí. Las masturbaciones
colectivas son organizadas por grupos de pertenencia, donde los desnudos
y participaciones sexuales pueden ser canjeados por mercaderías o
favores de los más poderosos.
La masturbación es el acto
por excelencia de los privados de libertad, en el vocabulario de la cárcel
se lo denomina “matarse”, por lo que se ha expresado que el problema sexual
lo tiene el preso en la mano.
Buena parte de la doctrina autorizada
resalta las violaciones de los jóvenes ingresantes de parte de los
internos más antiguos y de las vejaciones a las que son sometidos
los presos por motivo de violación de menores derivado del código
de honor no escrito de las cárceles. Así expresaba Neuman:
”un joven denunció con los ojos llorosos que había sido violado
dos noches antes por varios pervertidos”.
En la sociedad de la cárcel
el homosexual declarado, llamado despectivamente “marica”, que tiene esa
condición antes de su ingreso es despreciado y asociado como confidente
de la autoridad.
La cuestión sexual en la cárcel masculina
adquiere una connotación de poder y de sometimiento, por ello el
hombre que somete sexualmente a otro hombre, obtiene una relación
de sumisión y en tal sentido cabe mencionar como ilustrativo de este
modo de pensar la frase de Jean Genet: “Quien da vuelta a un macho es dos
veces macho”.
La situación sexual en las cárceles femeninas
adquiere otras connotaciones afectivas, pues reproduce relaciones menos
físicas y más emocionales, que tienden a constituir parejas
de permanencia que comparten la soledad de las celdas en discreción
y sin violencia.
Soluciones
La primera solución que propuso la administración
penitenciaria para solucionar el problema sexual fue por un lado el trabajo
penitenciario y el deporte, ambos con el objeto de desgastar las energías
físicas y disminuir el deseo. Esta concepción que desconoció
el ser sexual del humano no pudo más que reproducir los sometimientos
que hemos descripto precedentemente.
Actualmente se propugna como paliativo
del problema sexual la implementación de las visitas íntimas
o las salidas de los internos a encuentros extra - muros con sus respectivas
parejas para la fase de semilibertad.
Situación sexual del recluso
Situación del procesado
El hombre que ha transgredido
las pautas de la convivencia social y que resulta técnicamente delincuente
pues ha caído, debido a su acto lesivo, bajo las normas del Código
Penal - un Código que suele gravitar sobre seres doblados por la
tragedia de sus vidas -, es recluido y penetra en el ámbito carcelario
con el bagaje de vida propio de todo individuo. Su delito no es más
que el producto de su peculiar personalidad humana puesta en íntimo
contacto con el mundo circundante. Casi siempre es la misma sociedad o el
delicado ajuste de los medios de control social y aún la propia ley,
los que han gravitado. Cuando no la diversidad de oportunidades sociales.
En las cárceles clásicas todos los subterfugios de extrema
seguridad servirán al aseguramiento físico. Allí ha
de transcurrir por días, meses o años su vida futura. Conocerá
a habituales (profesionales) del delito, pero también a novicios
y ocasionales; a reincidentes y primarios; a hombres venidos de la ciudad
y del campo; a personas de vida regular; a otras que jamás han tenido
un hogar o sólo han conocido la relación fácil de la
prostituta. La cárcel los acoge a todos, los despersonaliza diariamente
con su mecanismo de días calcados. Modifica sus personalidades y
generalmente les crea el rencor que da razón a su rebeldía;
nos referimos a esos establecimientos sucios, abigarrados, donde los Estados
suelen robustecer la clientela delictual.
La situación del procesado
es más o menos como sigue: en un primer momento vive bajo el impacto
emocional del hecho cometido o de la detención que lo arrancó
de su vida habitual. La convivencia forzada a la que debe adaptarse aquieta
y hasta elimina el aguijón producido por la privación sexual.
El ajetreo tribunalicio de la causa, la incertidumbre de lo que traerá
la sentencia, el problema económico que se precipita sobre su familia,
contribuyen a ocupar su mente y refrenar su libido.
En una segunda época,
el individuo comienza a hacerse a la cárcel. Conoce a los seres con
loa que deberá convivir y se adecua a las nuevas condiciones. Principian
a repiquetear las sensaciones y los deseos hasta entonces latentes. La mujer
que lo visita no es sólo portadora de mensajes, sino que comienza
a ver en ella al ser capaz de acallar su deseo sexual. Producido el equilibrio
interior y cierta adaptación al medio carcelario, el ardor sexual
contragolpea y el instinto sexual revive, se hace vigoroso y en algunos
casos irresistible, como consecuencia del reposo procedente.
Todas las
frustraciones, la retención de la libido, la fuerza de los afectos
en conflicto, suelen producir una atmósfera cargada de sensualidad.
Es necesario apaciguar el instinto ya que no hay posibilidad de satisfacerlo.
La sublimación o desviación de él “hacia arriba” resulta
muy difícil en el encierro, porque en la práctica la sublimación
puede ser el resultado heroico y afortunado de unos pocos, pero como fenómeno
general, su posibilidad y ocurrencia deben quedar excluidas. En resumen,
en la mayor parte de los casos, la desviación tiene lugar en sentido
contrario: precipitándose hacia abajo.
La reacción psíquica
es previsible. El individuo se entrega a la práctica de la masturbación,
que no ofrece, sin embargo satisfacción suficiente al deseo sexual.
Hay detenidos que recurren varias veces al día a las prácticas
masturbatorias, por una necesidad irresistible de satisfacer su erotismo
y de aliviar la tensión de sus nervios.
Existen otras series
de “compensaciones”: charlas, chistes y narraciones obscenas habitualmente
fabuladas que tratan de llenar la imaginación de contenidos pornográficos,
excitándola.
Situación del penado
El estado psíquico
del penado merece una consideración más amplia. Por él
pasan no sólo las apetencias sexuales insatisfechas y la sobreexcitación
causada por la forzosa abstinencia, sino la implacable certeza de la suma
de días que le esperan sin contacto de mujer. Ello ahonda su problema
dándole una dimensión de vida perdida para el sexo.
Esa
perspectiva lo expone a la desviación sexual.
Se ha comprobado
que el penado se inclina a sospechar de su mujer cuanto más fuerte
es el deseo de satisfacer el erotismo; y más receloso aún
con su amante, novia o amiga (cuya vida sexual juzga por la suya), que tienen
aparentemente mayor libertad para unirse a otro hombre. Así como
los instintos que fermentan insatisfechos, agigantan sus fantasmas sexuales
y adquieren una acentuada patología. Di Tullio refiere el caso de
un detenido completamente tatuado con figuras eróticas, hasta el
punto de formar una colección de cuadros obscenos, que explota ofreciéndolos
a cambio de moneda de la prisión: tabaco, cigarrillos, artículos
alimenticios, a la contemplación de los demás presos, los
cuales aprovechaban para entregarse a la masturbación.
Las celdas
de las prisiones de todo el mundo presentan casi siempre similar espectáculo:
aquí y allá - cuando se permite - fotografías de mujer,
generalmente artistas cinematográficas y de cabarets y modelos en
voluptuosas posiciones. También fotos de la esposa, la concubina
o la novia. Es que en muchas de las celdas se desarrollan tristes tragedias
sexuales que las tienen de mudas coprotagonistas.
El deseo reprimido
y la sensibilidad muy mortificada hacen que algunos reclusos, tras una larga
condena, tengan considerablemente alterado su siquismo, al punto de hallar
de extrema lubricidad las inscripciones y manchas de los muros o el entrecruzarse
de los barrotes en las celdas.
En la ex Penitenciaría de la calle
Las Heras, pocos meses antes de su demolición, se dio un caso impresionante:
L.S., condenado por homicidio a 22 años de prisión, de los
que había cumplido diez, se hallaba castigado en el calabozo. Su
falta consistía en haber recibido de su mujer - y enviado a su vez
- en la correspondencia, vellos de la zona pelviana. Tratábase de
un hombre de cincuenta y cinco años, de excelente conducta,
que gozaba de la confianza del director del penal. Al interrogarlo manifestó
que acariciaba continuamente esos vellos (que guardaba en una tabaquera),
que a veces succionaba, excitándose sexualmente. Su esposa, por razones
de distancia, venía a visitarlo una vez cada tres meses. Padre de
tres hijos, nunca había tenido contactos homosexuales dentro o fuera
de la prisión, ni jamás antes se había excitado en
la forma descrita y se prestó al interrogatorio en un estado de total
depresión moral.
Autoeroticidad en la cárcel
La revelación
de lo que ocurre en el submundo de cárceles y prisiones en materia
de sexualidad muestra un panorama sorprendente y degradante. Quienes ven
transcurrir su vida normal y armoniosamente, jamás podrán
concebir las extrañas deformaciones que la reclusión provoca.
La abstinencia sexual parece que hiciera aguzar la sensibilidad y corromper
la imaginación. La vida erótica se desprende de todo embellecimiento
para ofrecerse en la totalidad del instinto. El ambiente y la necesidad
sirven para justificar cualquier acto por más desviado que sea (voyeurismo,
fetichismo, sadismo), tanto en cárceles de hombres como de mujeres.
La masturbación llega a constituir una deprimente característica
de todas las instituciones carcelarias del mundo. En la soledad de la celda
e incluso en los pabellones, los presos se entregan a su práctica,
lo que suelen confesar sin mayor turbación. Se ha formado un lenguaje
superentendido. Es moneda corriente del encierro.
Sea por ello o por
la excitada sexualidad reprimida, las prácticas manuales se suceden
como acto reflejo. Son elocuentes las manchas espermáticas que se
acumulan en las sábanas, también hecho corriente de la prisión.
Cuanto más, los reclusos al descubrirlas, ríen sin ningún
desconcierto. La vida íntima es imposible en los .pabellones comunes.
La costumbre se establece y multiplica. La práctica entra en una
morbosa normalidad. Normalidad que podría ser frecuente y lógica
en cierta edad de la vida, pero en el ambiente carcelario el recurrir (o
volver) a ella, hace que profundamente el recluso se sienta humillado ante
sus propios ojos. Se envilece profundamente con el hábito. Su sensibilidad
mortificada por el ambiente, el exaltado deseo sexual y otras terribles
frustraciones lo van carcomiendo. En su celda vive de imaginaciones, de
ensueños oníricos, de vida pasada y perdida. La asociación
psíquica de su erotismo se refiere tangiblemente a las figuras, a
las fotografías que tiene y guarda en su celda. Con ellas, en su
imaginación colmada de muslos y pechos de mujer, se entrega al vicio.
Violaciones efectuadas por la fuerza
En estos establecimientos,
llamados a menudo “de tránsito”, donde el preso suele esperar a veces
años la sentencia, la inevitable aglomeración humana da lugar
a situaciones abrumadoras. Allí llegan los jóvenes inexpertos
y novicios del crimen y son rodeados inmediatamente con halagos por los
veteranos. Éstos son los “lobos”, que con su protección, con
el regalo de tabaco, de alcohol o alimentos tratan de seducirlos. El recién
llegado, desprovisto de todo, desorientado y lleno de temor, puede finalmente
ceder a los deseos de su ocasional protector. En la mayoría de los
casos se rebela, entonces, en el momento oportuno, se pasa directamente
a la violencia. Se le “empúa”, como se denomina en la jerga carcelaria
de Buenos Aires a la amenaza con cuchillos u otros objetos cortantes , e
incluso se le hiere, hasta que el infeliz cede. De víctima se convierte
en tentación y estímulo de homosexualidad de los otros
presos, algunos no depravados aún.}
Hay un conocido caso (expuesto
por la propia víctima) de un joven de 23 años condenado
por el delito de instigación al suicidio. Había decidido quitarse
la vida juntamente con su novia de 16 años para eludir las presiones
paternales que no permitían su noviazgo. No logró su objeto,
al tiempo que la joven pereció. Encerrado, fue violado la primera
noche, bajo amenaza de muerte, por ocho o diez individuos que yacían
con muchos más.
En julio de 1968, el juez de Filadelfia, Alexander
Barbierior, ordenó una investigación al recibir una denuncia
de un joven procesado de que fue objeto de múltiples y reiterados
ataques sexuales por parte de compañeros de reclusión. Durante
tres meses el fiscal y la policía de aquélla ciudad se dedicaron
a una investigación que luego se dio a publicidad. Se refiere a tres
instituciones: el Philadelphia Detention Center, la House Of Corrections
y la Holmesburg Prision, y revelan que en el curso de dos años hubo
por lo menos dos mil violaciones de reclusos a manos de otros codetenidos
y que frecuentemente actuaron en grupo para consumar su objeto.
Narra
Von Hentig lo que ocurre en la prisión estadounidense de Atmore,
que refleja, en mayor o menos medida, iguales situaciones de otros tantos
establecimientos latinoamericanos. Existe un lenguaje, lleno de sutilezas
y violencias, sobreentendido: “El <lobo> tiene una vieja técnica:
da dinero al joven, le compra en la cantina lo que le apetece. Se lo toma
con tiempo. Le dice que es su amigo y que no tiene porqué temer a
los hombres brutales del penal. No deja escapar una palabra que descubra
donde quiere llegar. Cuando la deuda ya es importante, plantea el asunto.
El joven queda trastornado, dice que quiere devolver el dinero. El viejo
lo rechaza. Busca al director y le dice que el joven tiene deudas y que
no le muestra ningún respeto a él, al viejo. El director increpa
al joven y le dice que sea amable con el viejo, pues lo protegerá
y pronto necesitará verdaderamente que lo protejan. Entonces el joven
regresa a la celda y es apaleado brutalmente por el viejo. Los demás
contemplan <cómo ha nacido una joven señora>. Si alguno
osara interponerse se produciría un homicidio. Luego el viejo lobo
agarra al joven que yace en el suelo, lo arrastra hasta su cama y echa la
manta sobre sí y su <botín>“.
La situación en las prisiones femeninas
Las
actividades masturbatorias y homosexuales adquieren en las prisiones femeninas
características patológicas similares a aquéllas de
los institutos masculinos.
Si bien el homosexualismo femenino es tan
frecuente como el masculino, resulta más discreto. La abstinencia
forzada en la mujer parece más llevadera que en el hombre, al parecer
por su natural condición biológica, pero justamente por su
sensibilidad y sed afectiva se ve frecuentemente inclinada a tener relaciones
fuertemente emotivas con codetenidas. Es muy natural que, privadas de contactos
con hombres, pronto desplacen esas relaciones a la esfera sexual.
Se
ha observado en algunas encausadas y penadas una actitud antimasculina que
se ahonda a medida que transcurre el tiempo. Es que a menudo su encierro
es debido a relaciones pasadas (o presentes) con algún hombre que
les ha dejado una amarga experiencia. Puede tratarse de una violación
a temprana edad, o el haber sido lanzadas a la prostitución e inducidas
al delito por un hombre, o incluso haber sido abandonadas a su suerte en
estado de gravidez o con hijos. Dicha mujeres se hallan profundamente lastimadas
en la esfera emocional. El encierro les reactualiza e instrumenta el problema.
Sobre todo las jóvenes que han tenido que soportar brutales relaciones
sexuales con hombres (incestos, violaciones, prostitución) tienden
a maldecir a todo el sexo masculino.
El gran problema, en la prisión
femenina, es representado por la mujer que llega a la institución
siendo ya homosexual. Tiende a apartarse de las demás y, por lo general,
observa desdeñosamente la “amistades” antes referidas o los galanteos
de las inexpertas. Pero, el posterior ingreso al establecimiento de alguna
jovencita, le inspira prontamente fuertes deseos de relaciones lésbicas.
Entonces moverá cielo y tierra para tratar de conquistarla. A igual
que los “lobos”, “gavilanes” y los “gratas” en la prisión masculina,
la pondrá bajo su “protección e intentará comprar su
voluntad con regalos, lisonjas y luego caricias.
La recluida que nunca
antes había tenido relaciones homosexuales es fácil víctima
de estas lesbianas experimentadas y puede que, después de salir de
la prisión continúe buscando homosexuales. Es que la experiencia
vivida en ella sella en su espíritu desequilibrios y traumas.
Se ha dado el caso, en establecimientos femeninos, de funcionarios y guardiacárceles
encargados de su vigilancia que abusan de encarceladas, mujeres que se entregan
al primer hombre que las solicite sin el menor resquicio de pudor. Otras
veces explotan esta circunstancia, delante de sus compañeras de prisión,
que las temen porque ellas son “amigas” del guardia o del funcionario, que
es la encarnación más próxima del poder.
La humillación y el escarnio de la víctima
No siempre los hechos sexuales se motivan en la forzada abstinencia. en
ciertas ocasiones se trata de un ataque, un escarmiento, una forma deliberada
y manifiesta de hundir a la víctima en la abyección y el escarnio.
Puede tratarse de una simple venganza frente a alguien que actuó
como delator, “buche” o “botón”. O una actitud frente a reclusos
que hayan pertenecido a la policía y, por extensión, a cualquier
forma representativa de autoridad que detente uniforma (militar, aeronáutico,
marino, administración carcelaria)
De modo que ya es ius receptum
en las cárceles de las grandes ciudades argentinas, que reclusos
que en su vida de extramuros llevaron uniforme policial, penitenciario,
o de cualquier otra fuerza, al llegar al penal sean derivados a un pabellón
especial en que no puedan siquiera ser visualizados por la población
penal para evitar golpizas o actos sexuales.
La visita conyugal
La visita conyugal es el permiso de relación sexual
que según las Naciones Unidas debe otorgarse prescindiendo de la
calificación de la conducta del reo, consistente en el permiso de
ingreso de la esposa o concubina a una celda o lugar especialmente acondicionado
a tales efectos para permitir a los esposos la relación sexual, no
significando un premio sino la satisfacción de una necesidad del
interno y de su cónyuge libre.
“La práctica de las visitas
conyugales demostró, a poco de andar, la necesidad de extenderla
a quienes no tuvieren una esposa legítima. Se permitió la
entrada de la concubina que acreditase fehacientemente esa condición
mediante la continuidad del ligamen en el tiempo. Posteriormente fue menester
ampliar el criterio. Solteros, viudos y divorciados o separados de hecho,
también requerían satisfacer su necesidad sexual y, en muchos
casos, debió permitirse el ingreso de amigas íntimas y prostitutas”.
Lamentablemente en nuestra legislación las visitas íntimas
se encuentran implementadas en algunos establecimientos pero invariablemente
son premios a la adaptabilidad del sistema de control interno y no existen
antecedentes concretos respecto de regímenes de visitas sexuales
fuera del establecimiento para los internos que gozan de régimen
de semi - libertad para realizar trabajos en el exterior de la unidad penitenciaria.
Se ha sostenido que soluciones como la visita íntima, la salida transitoria
o la prisión mixta ensayada al parecer con éxito en los Estados
Unidos, se ponen en práctica para remediar los males que acarrea
la separación de la familia y del mundo exterior.
Es difícil
que las visitas íntimas puedan llegar a solidificar las relaciones
del matrimonio y la familia, como intentan propugnar, pues es imposible
que exista algo más que un placer sexual físico al tener que
encontrarse por corto lapso, en fecha fija, sabiendo que detrás de
las puertas se encuentra esperando el guardia de seguridad del penal.
¿Es un derecho del recluso o una regalía
a la buena conducta?
Ciertas administraciones penitenciarias cierran
un ciclo siniestro tras haberse desquiciado en establecimientos para menores
y cárceles a muchos reclusos a los que ahora, en prisión,
se les reconoce el derecho de cohabitar con su mujer. Pero junto a ese derecho,
que parece surgido de un complejo de culpa del legislador o de los carceleros,
surge la pregunta insoslayable: ¿Se propicia y aplica como un derecho
del recluso? ¿O es una forma de mayor control y disciplina del penal?
Si es un derecho - y cabe entender que sí lo es, hasta tanto no se
declare lo contrario -, creo que debe ampararse también al cónyuge
o la concubina o concubino inocentes. Dentro de todos los derechos que la
prisión opresoramente conculca, se trataría de hacer emerger,
al menos, aquél nacido del instituto procreativo, aún bajo
el manto de preservación del vínculo familiar.
Muchas
veces las propias leyes y reglamentos explicitan que la visita íntima
sólo se otorgará a quienes detenten buena conducta, y la realidad
concreta, es que, así no lo digan los cuerpos legales, la administración
carcelaria por uso y costumbre sólo permite tales visitas a quienes
tengan buena conducta. Lo que equivale, contrario sensu, a que si pierde
tal condición se pierde también la visita sexual.
Casi
todos los autores, con total sinceridad, recalan en el hecho de que los
permisos sirven para que no se relaje la disciplina del penal. Los reclusos
que a juicio de la dirección no tengan una conducta adecuada, no
podrán entonces atender la naturalísima e imperiosa función
del instinto que deriva obviamente de su condición de hombres y no
de presos. Además, si fuera un derecho, cabría al recluso
exigir la visita conyugal.
La visita conyugal y los lazos familiares
La armonía
de los lazos vinculares de la pareja y de la familia en sí, no proviene
de un hecho erótico aislado, sino que es patrimonio del amor que
esposos o concubinos sustenten, en la comprensión y el mutuo respeto,
actos de contacto sexual que son una síntesis de ese intenso fluir
entre dos seres.
En las cárceles arracimadas, tales visitas no
son más que un expediente que la administración carcelaria
administra y discierne, suprime y readjudica, como en un verdadero juego
de promesas y recompensas. Y también castigos.
Se advierte que,
instaurado el sistema, es casi inmediatamente imprescindible que acudan
prostitutas a vender su secular oficio. De ese modo se administra una suerte
de justicia “equitativa” respecto de quienes, no siendo casados, detentan
igual ardor erótico y observan buena conducta.
HIV y SIDA en el sistema carcelario. Encuesta
Introducción
Los integrantes del Comité
Asesor Intersectorial para el estudio de la problemática del HIV
- SIDA en los establecimientos dependientes del Servicio Penitenciario Federal
que desarrolla sus actividades en el ámbito de la Secretaría
de Política Penitenciaria y de Readaptación Social hicieron
entrega al señor Ministro de Justicia, el 7 de octubre de 1997, de
un documento que condensaba su labor y que comprendía todas las actividades
realizadas.
El documento constituye un informe final ya que abarca desde
las primeras actividades en las cuales se fueron estableciendo criterios
y estrategias hasta la culminación de los talleres de capacitación
e información de los internos de todas las unidades penitenciarias
federales, la realización de exámenes clínicos y la
formulación de líneas generales de tratamiento y de orientación
terapéutica, completando así el relevamiento integral de todo
el universo que voluntariamente aceptó la oferta de participar en
las diferentes acciones como así también su seguimiento asistencial.
La finalización de esta etapa y la síntesis de lo actuado
en una memoria documentada constituyen un hito relevante en materia de atención
sanitaria en los establecimientos penales.
La publicación del
informe coadyuvará a despejar dudas sobre el perfil de la patología
en las unidades dependientes del Servicio Penitenciario Federal y permitirá
que los interesados en el tema cuenten con información fidedigna,
lo que implica crear un espacio abierto a todas las consultas y sugerencias
que sobre el tema se quieran realizar.
Los resultados obtenidos son
ampliamente satisfactorios en dos órdenes: uno es la demostración
fehaciente de que la circunstancia de encontrarse privado de libertad cumpliendo
una sanción penal no es sinónimo de ser portador de HIV o
enfermo de SIDA. La verdad contribuirá a desterrar mitos y con ello
a evitar la estigmatización de los internos, cuestión significativa
en el momento de su reinserción social.
El otro resultado satisfactorio
se relaciona con los frutos de un Comité, intersectorial e interdisciplinario,
que en armónico y productivo trabajo concretó no sólo
una labor de investigación y de prevención cuali-cuantitativamente
importante sino que, además, con esta experiencia ofrece a los internos
una posibilidad cierta de información y de tratamiento y a la comunidad
la propuesta de abordar sin temores el conocimiento de la realidad a partir
de la convicción de que no hay nada peor que el miedo o la ignorancia
para enfrentarla.
Reflexiones
Hoy se puede decir con fundamento
que están descartadas las especulaciones que referían índices
de seropositividad en los establecimientos carcelarios dependientes del
Servicio Penitenciario Federal en el orden del 30% o 40%, estigmatizando
a la población penal, condicionando con este discurso las posibilidades
de reinserción social del interno egresado y sumergiendo en la preocupación
a su núcleo familiar o afectivo más cercano.
Toda
la población penal alojada en establecimientos del Servicio Penitenciario
Federal recibió el ofrecimiento de capacitarse en la prevención
del HIV - SIDA mediante talleres didácticos, concretos pero desarrollados
con todo rigor científico. El 80% aceptó la invitación
y con ello dio un paso significativo para la protección de su salud
y la de su familia.
Todos los participantes de los talleres recibieron
el ofrecimiento de efectuarse los exámenes de laboratorio para saber
si eran o no portadores del HIV. El 49,65% del total de la población
alojada, nada menos que 2.921 personas, voluntariamente prestó su
conformidad y con ello adquirió un conocimiento relevante sobre su
estado de salud. A partir de allí tanto la prevención como
la asistencia médica contaron con bases ciertas.
También
fue, por vez primera, cierto el porcentaje de internos HIV+: de los 2.921
internos/as estudiados, 198 resultaron positivos, es decir el 6,78%. En
términos sanitarios singularmente alentador resultó que en
el segmento de jóvenes adultos (18 a 21 años de edad), este
índice fuese sólo del 1,93%.
Para quienes resultaron negativos
el estudio significó una gran tranquilidad, pero junto con ello una
oportunidad para abandonar conductas de riesgo y preservar en el futuro
su salud.
Para los que lamentablemente el resultado fue positivo la
oportunidad ha sido por una parte la de contar con un tratamiento integral,
oportuno y adecuado y por otra la de evitar el contagio a sus seres queridos.
A ellos estará dedicado una parte significativa de la asistencia
médica, psicológica y social penitenciaria, con todos los
controles, exámenes y medicamentos que ayuden a controlar la infección
y atender la enfermedad.
Se espera muy especialmente que las acciones
de prevención y detección continúen como un programa
ya autónomo en el ámbito del Servicio Penitenciario Federal,
el que ha dado más que suficientes muestras de su vocación
y compromiso con respecto a esta problemática y al que cabe de ahora
en más la responsabilidad del seguimiento y de la atención
integral de los enfermos.
Bibliografía
El Problema Sexual en las Cárceles, Elias
Neuman. Editorial Universidad, año 1987.
La Cárcel
Argentina, una perspectiva crítica, Alejandro Javier Buján.
Editorial AD Hoc, año 1998.
Plan Director de la Política
Penitenciaria Nacional. Ministerio de Justicia de la Nación. (Comité
Asesor Intersectorial para el Estudio de la Problemática HIV-SIDA,
en los establecimientos dependientes del Servicio Penitenciario Federal).