EL PROBLEMA SEXUAL EN LAS PRISIONES

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Antecedentes

El tratamiento de temas relacionados con el instinto e impulso sexual, obedece a una maduración del espíritu del hombre, al progreso de sus conocimientos y de sus necesidades sociales. Hasta hace pocos años todo lo referido al sexo permanecía dentro de la esfera del tabú y del vituperio. Hoy hasta los niños hablan de él sin hipocresías ni escabrosidades.
Desde la más remota antigüedad hasta la Edad Moderna, las cárceles sirvieron de aseguramiento y depósito indiscriminado de hombres, mujeres, niños e incluso alienados, a la espera de la muerte o del tormento; ¡imaginemos las situaciones que habrían de plantearse en el terreno sexual!. al crearse la pena de privación de la libertad se promovió la separación de los sexos. Se encarceló a hombre y mujeres por separado, pero esta separación no siempre fue efectiva.
Howard , que recorrió establecimientos penales europeos, ha dejado conceptos incisivos que son aplicables a la actualidad. En sus palabras puede apreciarse un acento de vehemente dolor por los horrores que presenció, entre los cuales el problema sexual no escapa a su conocimiento: “ En la formación de las instituciones destinadas a reprimir al malvado, es preciso no perder de vista el verdadero designio del castigo. Este objeto no debe ser el gusto de satisfacer los sentimientos de venganza, sino la prevención del crimen, y ésto sólo puede conseguirse por medio de la aplicación de medidas a propósito, para impedir la reincidencia del delincuente, y apartar de él a los demás. Ambos objetos pueden lograrse por medio de una disciplina de cárceles bien regulada. Éstas, por desgracia, se han manejado casi generalmente, de manera que han producido resultados diametralmente contrarios. Porque en donde los presos no han sido tratados con violencia y con crueldad, han sido víctimas del abandono, y se les ha sujetado a una severidad a que la ley no les condenaba, y que era repugnante a la humanidad. Se les ha sepultado en asquerosos y hediondos calabozos, en donde se les ha privado del aire, de la comida y del ejercicio y se les ha degradado por medio del castigo corporal. Se les ha oprimido con grillos y cadenas y se les ha consumido con enfermedades. No se han causado a los presos perjuicios menores en su ánimo, que los que han injuriado su persona. La ociosidad, la reunión indistinta de todos y la depravación han viciado al inocente, han hecho todavía más malo al criminal y han confirmado en su propósito al malvado: y de la combinación de todas estas causas, una cárcel, en lugar de ser beneficiosa, ha sido una plaga para el público; y los presos no han vuelto a la sociedad, si no es para robar la propiedad del hombre de bien, para corromper la moral y para alterar la tranquilidad pública”.
En el régimen celular, pensilvánico o filadélfico, que con diversas modalidades fue utilizado en distintas partes del mundo - especialmente en los Estados Unidos a fines del siglo XVIII -, que incluía el trabajo en común, se cuidó muy bien la aproximación o el contacto de los presos aunque fuera verbal. Recuérdese que en los actos oficiales, como en las ceremonias del culto, ellos no podían verse pues iban cubiertos con capuchones negros, como los cartujos. Se trataba de que no “intercambiaran sus malas artes”, pero seguramente también se evitaban contactos y desviaciones de tipo sexual, aunque esto último no haya sido confesado. A ello obedecía, en buena parte, las comidas frugales y los ayunos frecuentes a que eran sometidos con el fin de reducir cualquier clase de excitación.
En todas las épocas el encierro ha acarreado padecimientos de índole sexual y deformaciones del instinto. Estas aberraciones son connaturales a la prisión en sí. La cuestión no es nueva pero el tratamiento científico comienza en la tercera década de nuestro siglo.
 Como lo recuerda Belloni, Luis Lucchini, que dirigió la “Rivista Penale”, por el año 1878, recabó vigorosamente la necesidad de “... un maduro estudio, en consideración de los funestos efectos causados por la supresión de las satisfacciones sexuales en las penas de más larga duración”. El realismo de espectáculo tan cruel indujo por la misma época a un argentino, Luis V. Varela, a dirigirse al gobernador Casares, aconsejándole que permitiese el acceso a la celda a la esposa del penado, porque de lo contrario, ésta iba a tener relaciones ilícitas fuera de la cárcel y, por su parte, aquél se entregaría a las prácticas de la homosexualidad. Se fundamentaba, para aconsejar este sistema, en el dicho de Alberdi, “Gobernar es poblar”. Decía Varela que “tener tres o cuatro mil individuos en las cárceles, condenados a la esterilidad, quedando al salir de las cárceles en condición de no poder reproducir, era un error muy grande y signo evidente de una mala política social y carcelaria”.

 

Sexualidad carcelaria

La sexualidad en el ámbito carcelario es sin duda uno de los temas que más ha intrigado a la población y preocupado a los penólogos y humanista por las contradicciones que pueden encontrarse en el derecho penitenciario a este respecto.
No existe en el derecho penal, las normas de ejecución o los reglamentos carcelarios disposición alguna de la que emane la obligación de abstinencia sexual de los condenados y mucho menos de los procesados sometidos a medida de seguridad, menos aún cuando el ejercicio de la sexualidad es considerado actualmente como una necesidad humana y por lo tanto un derecho indisponible por el juez o la administración penitenciaria.
La sexualidad entendida en su sentido lato y no como genitalidad es inherente a la raza humana desde su más temprana edad, no pudiendo ser cercenada por mandato legal, reglamentario o administrativo, sin afectación de la salud física, psíquica y social del reo.
En tal sentido, las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos de la Naciones Unidas establecen en referencia a la sexualidad: “a los internos casados de uno u otro sexo podrá permitírseles a su requerimiento visitas privadas de sus cónyuges, sin tomar en cuenta la calificación de la conducta, una vez que adecuadas las condiciones de la arquitectura, pueda ésta proporcionar el recato y el decoro que inspira la institución matrimonial” y “la administración podrá permitir a los demás internos la visita privada de personas de otro sexo en locales apropiados”. Nunca podrá hacerlo en los lugares donde los casados reciben a sus cónyuges.
La pena tiene en países como el nuestro una porción adicional de castigo que será la abstinencia sexual y que alcanzará no sólo al penado sino también a su cónyuge al cual el ordenamiento jurídico le impone la fidelidad matrimonial. Esta situación es una de forma de extensión de la infamia que recae sobre el reo y que se proscribe constitucionalmente.
Así se crea una doble abstinencia sexual de origen legal, por un lado la del interno y por otro lado la del cónyuge, sobre la cual Neuman expresaba “la mutilación funcional del sexo alcanza a seres inocentes. El cónyuge del detenido o detenida, que nada tiene que ver con el delito, se ve privado de su natural satisfacción erótica y ésto constituye un castigo accesorio de la privación de la libertad, que no le concierne directamente”.
Existe la contradicción del sistema jurídico de obligar a un ser libre e inocente a una castidad forzada, pues de lo contrario será adúltero o bígamo, creando un detrimento en la salud física, psíquica, moral y social del cónyuge.
La continencia sexual no deseada produce trastornos psíquicos y también físicos, estos últimos producidos por el sistema glandular de segregación del aparato genital; sin embargo, las consecuencias más severas pueden evidenciarse en el campo de lo psíquico, donde puede producir angustias, desesperación, decaimiento, histeria, tendencias suicidas, agresividad o como explica Freud, neurosis.
El interno privado del ejercicio de una sexualidad plena comienza primero a tener un retraimiento natural producto de su adaptación al medio hasta que sus necesidades e instintos lo empujan a la masturbación solitaria primero, la autoerotización colectiva después y más tarde a mantener relaciones homosexuales en prácticas individuales y colectivas.
El problema sexual en las cárceles es constante fuente de trastornos neuróticos, psicológicos y físicos, que generan revueltas y motines que ponen en peligro la vida, seguridad e integridad de los detenidos y del personal del establecimiento.
La masturbación, onanismo o autoerotización individual y colectiva constituyen no sólo una realidad de las prisiones argentinas sino de las del mundo entero, así se puede afirmar que entre un noventa y un noventa y cinco por ciento de los internos se prestan a estas prácticas. Algunos doctrinarios sostienen que éste es el punto de partida para la disfuncionalidad del sexo y afirman que los encarcelados terminan teniendo relaciones homosexuales en un porcentaje superior al ochenta por ciento.
La cuestión sexual en la cárcel, problema oficialmente inexistente, ha generado una subcultura del comercio sexual carcelario, en el cual se puede vender de parte del jefe de pabellón a un joven ingresante hasta el procedimiento de sometimiento de aquél para poder comercializarlo posteriormente al mejor postor o quedárselo para sí. Las masturbaciones colectivas son organizadas por grupos de pertenencia, donde los desnudos y participaciones sexuales pueden ser canjeados por mercaderías o favores de los más poderosos.
La masturbación es el acto por excelencia de los privados de libertad, en el vocabulario de la cárcel se lo denomina “matarse”, por lo que se ha expresado que el problema sexual lo tiene el preso en la mano.
Buena parte de la doctrina autorizada resalta las violaciones de los jóvenes ingresantes de parte de los internos más antiguos y de las vejaciones a las que son sometidos los presos por motivo de violación de menores derivado del código de honor no escrito de las cárceles. Así expresaba Neuman: ”un joven denunció con los ojos llorosos que había sido violado dos noches antes por varios pervertidos”.
En la sociedad de la cárcel el homosexual declarado, llamado despectivamente “marica”, que tiene esa condición antes de su ingreso es despreciado y asociado como confidente de la autoridad.
La cuestión sexual en la cárcel masculina adquiere una connotación de poder y de sometimiento, por ello el hombre que somete sexualmente a otro hombre, obtiene una relación de sumisión y en tal sentido cabe mencionar como ilustrativo de este modo de pensar la frase de Jean Genet: “Quien da vuelta a un macho es dos veces macho”.
La situación sexual en las cárceles femeninas adquiere otras connotaciones afectivas, pues reproduce relaciones menos físicas y más emocionales, que tienden a constituir parejas de permanencia que comparten la soledad de las celdas en discreción y sin violencia.

 

Soluciones

La primera solución que propuso la administración penitenciaria para solucionar el problema sexual fue por un lado el trabajo penitenciario y el deporte, ambos con el objeto de desgastar las energías físicas y disminuir el deseo. Esta concepción que desconoció el ser sexual del humano no pudo más que reproducir los sometimientos que hemos descripto precedentemente.
Actualmente se propugna como paliativo del problema sexual la implementación de las visitas íntimas o las salidas de los internos a encuentros extra - muros con sus respectivas parejas para la fase de semilibertad.

 

Situación sexual del recluso

Situación del procesado
El hombre que ha transgredido las pautas de la convivencia social y que resulta técnicamente delincuente pues ha caído, debido a su acto lesivo, bajo las normas del Código Penal - un Código que suele gravitar sobre seres doblados por la tragedia de sus vidas -, es recluido y penetra en el ámbito carcelario con el bagaje de vida propio de todo individuo. Su delito no es más que el producto de su peculiar personalidad humana puesta en íntimo contacto con el mundo circundante. Casi siempre es la misma sociedad o el delicado ajuste de los medios de control social y aún la propia ley, los que han gravitado. Cuando no la diversidad de oportunidades sociales.
En las cárceles clásicas todos los subterfugios de extrema seguridad servirán al aseguramiento físico. Allí ha de transcurrir por días, meses o años su vida futura. Conocerá a habituales (profesionales) del delito, pero también a novicios y ocasionales; a reincidentes y primarios; a hombres venidos de la ciudad y del campo; a personas de vida regular; a otras que jamás han tenido un hogar o sólo han conocido la relación fácil de la prostituta. La cárcel los acoge a todos, los despersonaliza diariamente con su mecanismo de días calcados. Modifica sus personalidades y generalmente les crea el rencor que da razón a su rebeldía; nos referimos a esos establecimientos sucios, abigarrados, donde los Estados suelen robustecer la clientela delictual.
La situación del procesado es más o menos como sigue: en un primer momento vive bajo el impacto emocional del hecho cometido o de la detención que lo arrancó de su vida habitual. La convivencia forzada a la que debe adaptarse aquieta y hasta elimina el aguijón producido por la privación sexual. El ajetreo tribunalicio de la causa, la incertidumbre de lo que traerá la sentencia, el problema económico que se precipita sobre su familia, contribuyen a ocupar su mente y refrenar su libido.
En una segunda época, el individuo comienza a hacerse a la cárcel. Conoce a los seres con loa que deberá convivir y se adecua a las nuevas condiciones. Principian a repiquetear las sensaciones y los deseos hasta entonces latentes. La mujer que lo visita no es sólo portadora de mensajes, sino que comienza a ver en ella al ser capaz de acallar su deseo sexual. Producido el equilibrio interior y cierta adaptación al medio carcelario, el ardor sexual contragolpea y el instinto sexual revive, se hace vigoroso y en algunos casos irresistible, como consecuencia del reposo procedente.
Todas las frustraciones, la retención de la libido, la fuerza de los afectos en conflicto, suelen producir una atmósfera cargada de sensualidad. Es necesario apaciguar el instinto ya que no hay posibilidad de satisfacerlo. La sublimación o desviación de él “hacia arriba” resulta muy difícil en el encierro, porque en la práctica la sublimación puede ser el resultado heroico y afortunado de unos pocos, pero como fenómeno general, su posibilidad y ocurrencia deben quedar excluidas. En resumen, en la mayor parte de los casos, la desviación tiene lugar en sentido contrario: precipitándose hacia abajo.
La reacción psíquica es previsible. El individuo se entrega a la práctica de la masturbación, que no ofrece, sin embargo satisfacción suficiente al deseo sexual. Hay detenidos que recurren varias veces al día a las prácticas masturbatorias, por una necesidad irresistible de satisfacer su erotismo y de aliviar la tensión de sus nervios.
Existen otras series de “compensaciones”: charlas, chistes y narraciones obscenas habitualmente fabuladas que tratan de llenar la imaginación de contenidos pornográficos, excitándola.

 

Situación del penado
El estado psíquico del penado merece una consideración más amplia. Por él pasan no sólo las apetencias sexuales insatisfechas y la sobreexcitación causada por la forzosa abstinencia, sino la implacable certeza de la suma de días que le esperan sin contacto de mujer. Ello ahonda su problema dándole una dimensión de vida perdida para el sexo.
Esa perspectiva lo expone a la desviación sexual.
Se ha comprobado que el penado se inclina a sospechar de su mujer cuanto más fuerte es el deseo de satisfacer el erotismo; y más receloso aún con su amante, novia o amiga (cuya vida sexual juzga por la suya), que tienen aparentemente mayor libertad para unirse a otro hombre. Así como los instintos que fermentan insatisfechos, agigantan sus fantasmas sexuales y adquieren una acentuada patología. Di Tullio refiere el caso de un detenido completamente tatuado con figuras eróticas, hasta el punto de formar una colección de cuadros obscenos, que explota ofreciéndolos a cambio de moneda de la prisión: tabaco, cigarrillos, artículos alimenticios, a la contemplación de los demás presos, los cuales aprovechaban para entregarse a la masturbación.
Las celdas de las prisiones de todo el mundo presentan casi siempre similar espectáculo: aquí y allá - cuando se permite - fotografías de mujer, generalmente artistas cinematográficas y de cabarets y modelos en voluptuosas posiciones. También fotos de la esposa, la concubina o la novia. Es que en muchas de las celdas se desarrollan tristes tragedias sexuales que las tienen de mudas coprotagonistas.
El deseo reprimido y la sensibilidad muy mortificada hacen que algunos reclusos, tras una larga condena, tengan considerablemente alterado su siquismo, al punto de hallar de extrema lubricidad las inscripciones y manchas de los muros o el entrecruzarse de los barrotes en las celdas.
En la ex Penitenciaría de la calle Las Heras, pocos meses antes de su demolición, se dio un caso impresionante: L.S., condenado por homicidio a 22 años de prisión, de los que había cumplido diez, se hallaba castigado en el calabozo. Su falta consistía en haber recibido de su mujer - y enviado a su vez - en la correspondencia, vellos de la zona pelviana. Tratábase de un hombre  de cincuenta y cinco años, de excelente conducta, que gozaba de la confianza del director del penal. Al interrogarlo manifestó que acariciaba continuamente esos vellos (que guardaba en una tabaquera), que a veces succionaba, excitándose sexualmente. Su esposa, por razones de distancia, venía a visitarlo una vez cada tres meses. Padre de tres hijos, nunca había tenido contactos homosexuales dentro o fuera de la prisión, ni jamás antes se había excitado en la forma descrita y se prestó al interrogatorio en un estado de total depresión moral.

 

Autoeroticidad en la cárcel
La revelación de lo que ocurre en el submundo de cárceles y prisiones en materia de sexualidad muestra un panorama sorprendente y degradante. Quienes ven transcurrir su vida normal y armoniosamente, jamás podrán concebir las extrañas deformaciones que la reclusión provoca. La abstinencia sexual parece que hiciera aguzar la sensibilidad y corromper la imaginación. La vida erótica se desprende de todo embellecimiento para ofrecerse en la totalidad del instinto. El ambiente y la necesidad sirven para justificar cualquier acto por más desviado que sea (voyeurismo, fetichismo, sadismo), tanto en cárceles de hombres como de mujeres.
La masturbación llega a constituir una deprimente característica de todas las instituciones carcelarias del mundo. En la soledad de la celda e incluso en los pabellones, los presos se entregan a su práctica, lo que suelen confesar sin mayor turbación. Se ha formado un lenguaje superentendido. Es moneda corriente del encierro.
Sea por ello o por la excitada sexualidad reprimida, las prácticas manuales se suceden como acto reflejo. Son elocuentes las manchas espermáticas que se acumulan en las sábanas, también hecho corriente de la prisión. Cuanto más, los reclusos al descubrirlas, ríen sin ningún desconcierto. La vida íntima es imposible en los .pabellones comunes.
La costumbre se establece y multiplica. La práctica entra en una morbosa normalidad. Normalidad que podría ser frecuente y lógica en cierta edad de la vida, pero en el ambiente carcelario el recurrir (o volver) a ella, hace que profundamente el recluso se sienta humillado ante sus propios ojos. Se envilece profundamente con el hábito. Su sensibilidad mortificada por el ambiente, el exaltado deseo sexual y otras terribles frustraciones lo van carcomiendo. En su celda vive de imaginaciones, de ensueños oníricos, de vida pasada y perdida. La asociación psíquica de su erotismo se refiere tangiblemente a las figuras, a las fotografías que tiene y guarda en su celda. Con ellas, en su imaginación colmada de muslos y pechos de mujer, se entrega al vicio.

 

Violaciones efectuadas por la fuerza
En estos establecimientos, llamados a menudo “de tránsito”, donde el preso suele esperar a veces años la sentencia, la inevitable aglomeración humana da lugar a situaciones abrumadoras. Allí llegan los jóvenes inexpertos y novicios del crimen y son rodeados inmediatamente con halagos por los veteranos. Éstos son los “lobos”, que con su protección, con el regalo de tabaco, de alcohol o alimentos tratan de seducirlos. El recién llegado, desprovisto de todo, desorientado y lleno de temor, puede finalmente ceder a los deseos de su ocasional protector. En la mayoría de los casos se rebela, entonces, en el momento oportuno, se pasa directamente a la violencia. Se le “empúa”, como se denomina en la jerga carcelaria de Buenos Aires a la amenaza con cuchillos u otros objetos cortantes , e incluso se le hiere, hasta que el infeliz cede. De víctima se convierte en tentación y estímulo de homosexualidad  de los otros presos, algunos no depravados aún.}
Hay un conocido caso (expuesto por la propia víctima) de un joven  de 23 años condenado por el delito de instigación al suicidio. Había decidido quitarse la vida juntamente con su novia de 16 años para eludir las presiones paternales que no permitían su noviazgo. No logró su objeto, al tiempo que la joven pereció. Encerrado, fue violado la primera noche, bajo amenaza de muerte, por ocho o diez individuos que yacían con muchos más.
En julio de 1968, el juez de Filadelfia, Alexander Barbierior, ordenó una investigación al recibir una denuncia de un joven procesado de que fue objeto de múltiples y reiterados ataques sexuales por parte de compañeros de reclusión. Durante tres meses el fiscal y la policía de aquélla ciudad se dedicaron a una investigación que luego se dio a publicidad. Se refiere a tres instituciones: el Philadelphia Detention Center, la House Of Corrections y la Holmesburg Prision, y revelan que en el curso de dos años hubo por lo menos dos mil violaciones de reclusos a manos de otros codetenidos y que frecuentemente actuaron en grupo para consumar su objeto.
Narra Von Hentig lo que ocurre en la prisión estadounidense de Atmore, que refleja, en mayor o menos medida, iguales situaciones de otros tantos establecimientos latinoamericanos. Existe un lenguaje, lleno de sutilezas y violencias, sobreentendido: “El <lobo> tiene una vieja técnica: da dinero al joven, le compra en la cantina lo que le apetece. Se lo toma con tiempo. Le dice que es su amigo y que no tiene porqué temer a los hombres brutales del penal. No deja escapar una palabra que descubra donde quiere llegar. Cuando la deuda ya es importante, plantea el asunto. El joven queda trastornado, dice que quiere devolver el dinero. El viejo lo rechaza. Busca al director y le dice que el joven tiene deudas y que no le muestra ningún respeto a él, al viejo. El director increpa al joven y le dice que sea amable con el viejo, pues lo protegerá y pronto necesitará verdaderamente que lo protejan. Entonces el joven regresa a la celda y es apaleado brutalmente por el viejo. Los demás contemplan <cómo ha nacido una joven señora>. Si alguno osara interponerse se produciría un homicidio. Luego el viejo lobo agarra al joven que yace en el suelo, lo arrastra hasta su cama y echa la manta sobre sí y su <botín>“.

 

La situación en las prisiones femeninas
Las actividades masturbatorias y homosexuales adquieren en las prisiones femeninas características patológicas similares a aquéllas de los institutos masculinos.
Si bien el homosexualismo femenino es tan frecuente como el masculino, resulta más discreto. La abstinencia forzada en la mujer parece más llevadera que en el hombre, al parecer por su natural condición biológica, pero justamente por su sensibilidad y sed afectiva se ve frecuentemente inclinada a tener relaciones fuertemente emotivas con codetenidas. Es muy natural que, privadas de contactos con hombres, pronto desplacen esas relaciones a la esfera sexual.
Se ha observado en algunas encausadas y penadas una actitud antimasculina que se ahonda a medida que transcurre el tiempo. Es que a menudo su encierro es debido a relaciones pasadas (o presentes) con algún hombre que les ha dejado una amarga experiencia. Puede tratarse de una violación a temprana edad, o el haber sido lanzadas a la prostitución e inducidas al delito por un hombre, o incluso haber sido abandonadas a su suerte en estado de gravidez o con hijos. Dicha mujeres se hallan profundamente lastimadas en la esfera emocional. El encierro les reactualiza e instrumenta el problema. Sobre todo las jóvenes que han tenido que soportar brutales relaciones sexuales con hombres (incestos, violaciones, prostitución) tienden a maldecir a todo el sexo masculino.
El gran problema, en la prisión femenina, es representado por la mujer que llega a la institución siendo ya homosexual. Tiende a apartarse de las demás y, por lo general, observa desdeñosamente la “amistades” antes referidas o los galanteos de las inexpertas. Pero, el posterior ingreso al establecimiento de alguna jovencita, le inspira prontamente fuertes deseos de relaciones lésbicas. Entonces moverá cielo y tierra para tratar de conquistarla. A igual que los “lobos”, “gavilanes” y los “gratas” en la prisión masculina, la pondrá bajo su “protección e intentará comprar su voluntad con regalos, lisonjas y luego caricias.
La recluida que nunca antes había tenido relaciones homosexuales es fácil víctima de estas lesbianas experimentadas y puede que, después de salir de la prisión continúe buscando homosexuales. Es que la experiencia vivida en ella sella en su espíritu desequilibrios y traumas.
Se ha dado el caso, en establecimientos femeninos, de funcionarios y guardiacárceles encargados de su vigilancia que abusan de encarceladas, mujeres que se entregan al primer hombre que las solicite sin el menor resquicio de pudor. Otras veces explotan esta circunstancia, delante de sus compañeras de prisión, que las temen porque ellas son “amigas” del guardia o del funcionario, que es la encarnación más próxima del poder.

 

La humillación y el escarnio de la víctima
No siempre los hechos sexuales se motivan en la forzada abstinencia. en ciertas ocasiones se trata de un ataque, un escarmiento, una forma deliberada y manifiesta de hundir a la víctima en la abyección y el escarnio.
Puede tratarse de una simple venganza frente a alguien que actuó como delator, “buche” o “botón”. O una actitud frente a reclusos que hayan pertenecido a la policía y, por extensión, a cualquier forma representativa de autoridad que detente uniforma (militar, aeronáutico, marino, administración carcelaria)
De modo que ya es ius receptum en las cárceles de las grandes ciudades argentinas, que reclusos que en su vida de extramuros llevaron uniforme policial, penitenciario, o de cualquier otra fuerza, al llegar al penal sean derivados a un pabellón especial en que no puedan siquiera ser visualizados por la población penal para evitar golpizas o actos sexuales.

 

La visita conyugal

La visita conyugal es el permiso de relación sexual que según las Naciones Unidas debe otorgarse prescindiendo de la calificación de la conducta del reo, consistente en el permiso de ingreso de la esposa o concubina a una celda o lugar especialmente acondicionado a tales efectos para permitir a los esposos la relación sexual, no significando un premio sino la satisfacción de una necesidad del interno y de su cónyuge libre.
“La práctica de las visitas conyugales demostró, a poco de andar, la necesidad de extenderla a quienes no tuvieren una esposa legítima. Se permitió la entrada de la concubina que acreditase fehacientemente esa condición mediante la continuidad del ligamen en el tiempo. Posteriormente fue menester ampliar el criterio. Solteros, viudos y divorciados o separados de hecho, también requerían satisfacer su necesidad sexual y, en muchos casos, debió permitirse el ingreso de amigas íntimas y prostitutas”.
Lamentablemente en nuestra legislación las visitas íntimas se encuentran implementadas en algunos establecimientos pero invariablemente son premios a la adaptabilidad del sistema de control interno y no existen antecedentes concretos respecto de regímenes de visitas sexuales fuera del establecimiento para los internos que gozan de régimen de semi - libertad para realizar trabajos en el exterior de la unidad penitenciaria.
Se ha sostenido que soluciones como la visita íntima, la salida transitoria o la prisión mixta ensayada al parecer con éxito en los Estados Unidos, se ponen en práctica para remediar los males que acarrea la separación de la familia y del mundo exterior.
Es difícil que las visitas íntimas puedan llegar a solidificar las relaciones del matrimonio y la familia, como intentan propugnar, pues es imposible que exista algo más que un placer sexual físico al tener que encontrarse por corto lapso, en fecha fija, sabiendo que detrás de las puertas se encuentra esperando el guardia de seguridad del penal.

¿Es un derecho del recluso o una regalía a la buena conducta?
Ciertas administraciones penitenciarias cierran un ciclo siniestro tras haberse desquiciado en establecimientos para menores y cárceles a muchos reclusos a los que ahora, en prisión, se les reconoce el derecho de cohabitar con su mujer. Pero junto a ese derecho, que parece surgido de un complejo de culpa del legislador o de los carceleros, surge la pregunta insoslayable: ¿Se propicia y aplica como un derecho del recluso? ¿O es una forma de mayor control y disciplina del penal?
Si es un derecho - y cabe entender que sí lo es, hasta tanto no se declare lo contrario -, creo que debe ampararse también al cónyuge o la concubina o concubino inocentes. Dentro de todos los derechos que la prisión opresoramente conculca, se trataría de hacer emerger, al menos, aquél nacido del instituto procreativo, aún bajo el manto de preservación del vínculo familiar.
Muchas veces las propias leyes y reglamentos explicitan que la visita íntima sólo se otorgará a quienes detenten buena conducta, y la realidad concreta, es que, así no lo digan los cuerpos legales, la administración carcelaria por uso y costumbre sólo permite tales visitas a quienes tengan buena conducta. Lo que equivale, contrario sensu, a que si pierde tal condición se pierde también la visita sexual.
Casi todos los autores, con total sinceridad, recalan en el hecho de que los permisos sirven para que no se relaje la disciplina del penal. Los reclusos que a juicio de la dirección no tengan una conducta adecuada, no podrán entonces atender la naturalísima e imperiosa función del instinto que deriva obviamente de su condición de hombres y no de presos. Además, si fuera un derecho, cabría al recluso exigir la visita conyugal.

 

La visita conyugal y los lazos familiares
La armonía de los lazos vinculares de la pareja y de la familia en sí, no proviene de un hecho erótico aislado, sino que es patrimonio del amor que esposos o concubinos sustenten, en la comprensión y el mutuo respeto, actos de contacto sexual que son una síntesis de ese intenso fluir entre dos seres.
En las cárceles arracimadas, tales visitas no son más que un expediente que la administración carcelaria administra y discierne, suprime y readjudica, como en un verdadero juego de promesas y recompensas. Y también castigos.
Se advierte que, instaurado el sistema, es casi inmediatamente imprescindible que acudan prostitutas a vender su secular oficio. De ese modo se administra una suerte de justicia “equitativa” respecto de quienes, no siendo casados, detentan igual ardor erótico y observan buena conducta.

 

HIV y SIDA en el sistema carcelario.  Encuesta

Introducción
Los integrantes del Comité Asesor Intersectorial para el estudio de la problemática del HIV - SIDA en los establecimientos dependientes del Servicio Penitenciario Federal que desarrolla sus actividades en el ámbito de la Secretaría de Política Penitenciaria y de Readaptación Social hicieron entrega al señor Ministro de Justicia, el 7 de octubre de 1997, de un documento que condensaba su labor y que comprendía todas las actividades realizadas.
El documento constituye un informe final ya que abarca desde las primeras actividades en las cuales se fueron estableciendo criterios y estrategias hasta la culminación de los talleres de capacitación e información de los internos de todas las unidades penitenciarias federales, la realización de exámenes clínicos y la formulación de líneas generales de tratamiento y de orientación terapéutica, completando así el relevamiento integral de todo el universo que voluntariamente aceptó la oferta de participar en las diferentes acciones como así también su seguimiento asistencial.
La finalización de esta etapa y la síntesis de lo actuado en una memoria documentada constituyen un hito relevante en materia de atención sanitaria en los establecimientos penales.
La publicación del informe coadyuvará a despejar dudas sobre el perfil de la patología en las unidades dependientes del Servicio Penitenciario Federal y permitirá que los interesados en el tema cuenten con información fidedigna, lo que implica crear un espacio abierto a todas las consultas y sugerencias que sobre el tema se quieran realizar.
Los resultados obtenidos son ampliamente satisfactorios en dos órdenes: uno es la demostración fehaciente de que la circunstancia de encontrarse privado de libertad cumpliendo una sanción penal no es sinónimo de ser portador de HIV o enfermo de SIDA. La verdad contribuirá a desterrar mitos y con ello a evitar la estigmatización de los internos, cuestión significativa en el momento de su reinserción social.
El otro resultado satisfactorio se relaciona con los frutos de un Comité, intersectorial e interdisciplinario, que en armónico y productivo trabajo concretó no sólo una labor de investigación y de prevención cuali-cuantitativamente importante sino que, además, con esta experiencia ofrece a los internos una posibilidad cierta de información y de tratamiento y a la comunidad la propuesta de abordar sin temores el conocimiento de la realidad a partir de la convicción de que no hay nada peor que el miedo o la ignorancia para enfrentarla.

 

Reflexiones
Hoy  se puede decir con fundamento que están descartadas las especulaciones que referían índices de seropositividad en los establecimientos carcelarios dependientes del Servicio Penitenciario Federal en el orden del 30% o 40%, estigmatizando a la población penal, condicionando con este discurso las posibilidades de reinserción social del interno egresado y sumergiendo en la preocupación a su núcleo familiar  o afectivo más cercano.
Toda la población penal alojada en establecimientos del Servicio Penitenciario Federal recibió el ofrecimiento de capacitarse en la prevención del HIV - SIDA mediante talleres didácticos, concretos pero desarrollados con todo rigor científico. El 80% aceptó la invitación y con ello dio un paso significativo para la protección de su salud y la de su familia.
Todos los participantes de los talleres recibieron el ofrecimiento de efectuarse los exámenes de laboratorio para saber si eran o no portadores del HIV. El 49,65% del total de la población alojada, nada menos que 2.921 personas, voluntariamente prestó su conformidad y con ello adquirió un conocimiento relevante sobre su estado de salud. A partir de allí tanto la prevención como la asistencia médica contaron con bases ciertas.
También fue, por vez primera, cierto el porcentaje de internos HIV+: de los 2.921 internos/as estudiados, 198 resultaron positivos, es decir el 6,78%. En términos sanitarios singularmente alentador resultó que en el segmento de jóvenes adultos (18 a 21 años de edad), este índice fuese sólo del 1,93%.
Para quienes resultaron negativos el estudio significó una gran tranquilidad, pero junto con ello una oportunidad para abandonar conductas de riesgo y preservar en el futuro su salud.
Para los que lamentablemente el resultado fue positivo la oportunidad ha sido por una parte la de contar con un tratamiento integral, oportuno y adecuado y por otra la de evitar el contagio a sus seres queridos. A ellos estará dedicado una parte significativa de la asistencia médica, psicológica y social penitenciaria, con todos los controles, exámenes y medicamentos que ayuden a controlar la infección y atender la enfermedad.
Se espera muy especialmente que las acciones de prevención y detección continúen como un programa ya autónomo en el ámbito del Servicio Penitenciario Federal, el que ha dado más que suficientes muestras de su vocación y compromiso con respecto a esta problemática y al que cabe de ahora en más la responsabilidad del seguimiento y de la atención integral de los enfermos.

 

Bibliografía

El Problema Sexual en las Cárceles, Elias Neuman. Editorial Universidad, año 1987.
La Cárcel Argentina, una perspectiva crítica, Alejandro Javier Buján. Editorial AD Hoc, año 1998.
Plan Director de la Política Penitenciaria Nacional. Ministerio de Justicia de la Nación. (Comité Asesor Intersectorial para el Estudio de la Problemática HIV-SIDA, en los establecimientos dependientes del Servicio Penitenciario Federal).

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