EFECTOS INMNEDIATOS DE LA CONVERTIBILIDAD

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Nivel del tipo de cambio versus respaldo 100%

Hacia 1989 la Argentina había perdido confianza en su clase dirigente política. En consecuencia, el problema consistía precisamente en cómo restablecer esa confianza. La moneda de cualquier país es un instrumento demasiado delicado como para que la opinión pública considere que está en manos no confiables, que podrían hacer fortunas en pocas horas a expensas de la comunidad. O en manos ineficientes que en pocos meses podrían nombrar a hurtadillas en cargos del Estado a miles de amigos y firmar cientos de contratos inconvenientes para la comunidad, financiando todo ello con una emisión monetaria que a la larga desemboca en hiperinflación. No me refiero aquí a la “realidad” de la honestidad o de la capacidad de la dirigencia de nuestro país, sino simplemente a la “imagen” que la gente tenía de esa dirigencia. Así se explica la aceptación en la opinión pública lograda por el programa de privatiza-ciones puesto en marcha por el Presidente Menem. Esta aceptación se debe a que represente precisamente un reco-nocimiento explícito y sin ambages de que la clase política no sirve para administrar las empresas públicas, y por lo tanto hay que pasarlas a la actividad privada. En otras palabras, buena parte del éxito de Menem como político reside en que con su propuesta reduce el ámbito de acción a sus propios colegas políticos.
Dentro del ámbito más circunscripto de la moneda, en el caso argentino la opinión deseaba un método no discrecional, automático y transparente para el manejo de esta institución. Pero no se podía “privatizar” la moneda. Se necesitaba entonces un método impersonal, automático, fundado en la voluntad de la ley y no en la de un político o en la de un Ministro de Economía o un presidente del Banco Central, sujetos ambos a toda clase de presiones políticas. Ese método objetivo y transparente no era otro que el muy antiguo de la convertibilidad.
El equipo económico actualmente en el poder cree que la convertibilidad se puede decretar si el Banco Central está en condiciones teóricas de comprar la emisión monetaria con las reservas internacionales de divisas que tenga acumuladas. Si por cada peso que circula el Banco Central tiene la contrapartida de dólares lista para ser cambiada por esos pesos, entonces habría convertibilidad. Así expuesto, el concepto de la convertibilidad es inútil, o al menos incompleto, pues siempre, “en teoría”, el Banco Central puede comprar la base monetaria con las reservas externas. Todo es cuestión de subir o bajar el tipo de cambio. Si existieran pocas reservas y mucha emisión de pesos, sería cuestión de colocar el tipo de cambio lo suficientemente alto como para que, aún con exiguas reservas, se pu-diera comprar toda la base monetaria. El problema clave y fundamental consiste entonces en saber a qué tipo de cambio el Banco Central se compromete a rescatar los pesos, y si ese tipo de cambio permite el funcionamiento de la economía nacional y su crecimiento a largo plazo.
En enero de 1989 hubiéramos necesitado una devaluación de alrededor del 120%. Pero en julio de 1990 la base monetaria era considerablemente menor que el nivel de reservas, de donde surge que podríamos haber revalua-do en un 20% y hubiéramos podido decretar la convertibilidad con un tipo de cambio real un 20% más bajo que el tipo de cambio de ese mes.
Por ejemplo, en enero de 1988 hubiésemos necesitado un tipo de cambio real de 27.000 australes para decretar la convertibilidad, en tanto que en julio de 1990 teníamos suficientes reservas como para revaluar de 13.000 a 11.000, y aún así convertir. En enero de 1991, siguiendo este criterio, habríamos podido convertir a 6.000.
La antigua “Currency School” de Lord Overstone y Robert Torrens, en la Inglaterra del siglo XIX, desea-ba que el total de los billetes emitidos variase en proporción exacta con las modificaciones del monto de las reservas en oro (hoy serían dólares). Supóngase que una oferta de dinero dada resultase insuficiente para una economía en expansión: los precios y salarios disminuirían, lo cual conduciría a una devaluación real y a un excedente de exporta-ciones que se compensaría mediante la correspondiente entrada de oro, hoy dólares. Así aumentaría la circulación monetaria y los precios podrían elevarse de nuevo. Los puntos de vista de esta escuela hallaron expresión parcial en la Ley de Peel de 1844, que reorganizó el Banco de Inglaterra. Pero a diferencia de nuestros convertidores, los ingle-ses ya en aquél entonces se percataron de que siempre permanecería en circulación una cierta cantidad mínima de bi-lletes de banco, debido a que el volumen del comercio interno así lo exigiría. Esta circulación, denominada “fiduciaria”, fue fijada por la ley y aumentada de tanto en tanto por el mismo método. Era independiente por comple-to de la oferta monetaria de oro y estaba respaldada por bonos del Gobierno. El resto de los billetes de banco en cir-culación estaba cubierto, en un cien por ciento, por oro. En realidad, la idea básica de los ingleses de aquella época consistía en que la cantidad incremental de dinero en circulación, no la total, debía variar paralelamente a la oferta monetaria de oro. Solamente alrededor de un tercio de los billetes en circulación estaba respaldado por oro, mientras que la emisión fiduciaria, fijada inicialmente en catorce millones de libras, equivalía aproximadamente a los dos ter-cios restantes.
En nuestro país tenemos un precedente importante al respecto. Luego de dictarse la ley de convertibilidad Nº 3871 de 1899, existía una emisión fiduciaria de billetes sin respaldo de 293 millones de pesos, que era equivalente al 85% del total de la emisión. es evidente pues que entre 1901 y 1904 la mayor parte de la  emisión era fiduciaria, y a pesar de ello a nadie se le ocurrió organizar una corrida cambiaria contra la Caja de Conversión simplemente por-que la emisión no tuviera respaldo. Ello demuestra una vez más que en la economía lo que cuenta son las expectati-vas, el futuro probable de los acontecimientos. Y en aquel entonces, el tipo de cambio de convertibilidad era elevado, las exportaciones superaban holgadamente a las importaciones, había elevada rentabilidad en las empresas y, como consecuencia de ello, el capital extranjero afluía hacia el país. Como corolario de lo anterior, el oro afluía también a la Caja de Conversión, la cual mediante sucesivas compres de oro llegó a emitir con respaldo 493 millones de pesos papel desde 1901 hasta 1914. En ese último año ya se habían invertido las proporciones, la emisión con respaldo al-canzaba al 63% de la emisión total, y la sin respaldo el restante 37%.
El punto central de nuestro argumento es el siguiente: no importa tanto si en determinado momento el respaldo de la base monetaria es del 100% o del 15%. Lo que realmente cuenta es la confianza y el nivel del tipo de cambio en relación a los costos y precios internos. Este nivel determina la rentabilidad o no rentabilidad de las activi-dades productoras de bienes comerciables internacionalmente, tanto de la industria como del campo. Determina si conviene producir en el país o, por el contrario, conviene importar un bien comerciable internacionalmente. Determi-na el saldo de la balanza comercial y, por la vía de las expectativas, influye también en el saldo de la balanza de pagos global del país. Supongamos, por ejemplo, que el tipo de cambio es bajo y por lo tanto luego de dos años las expor-taciones alcanzan solamente a 10.000 millones de dólares y las importaciones suben a 13.000 millones. Por concepto de intereses de la deuda externa, utilidades de empresas extranjeras, patentes, royalties y otras yerbas se deben girar al exterior 7.000 millones de dólares. Dada la escasa rentabilidad de las actividades productivas de bienes comercia-bles internacionalmente, el capital extranjero, ya copados los servicios públicos monopólicos, no tiene interés en rea-lizar nuevas inversiones y espera la próxima devaluación del peso. ¿Qué puede hacer el Banco Central para frenar la corrida bancaria? Simplemente vender dólares en cumplimiento de la ley de convertibilidad, pues así lo establecen los arts. 1º y 2º de la ley que textualmente dicen:

Art. 1º - Declárase la convertibilidad del austral con el dólar de los Estados Unidos de América a partir del 1º de abril de 1991, a una relación de diez mil australes (A 10.000) por cada dólar, para la venta, en las condiciones establecidas por la presente ley.

Art. 2º - El Banco Central de la República Argentina venderá las divisas que le sean requeridas para operaciones de conversión, a la relación establecida en el artículo anterior, debiendo retirar de circula-ción los australes recibidos en cambio.

Esto significa que en caso de corrida se achica la base monetaria, pues el Banco Central debe retirar de circulación los pesos recibidos a cambio. Eso provocaría, si la venta fuera masiva, digamos 3.000 millones de dólares, un aumento de la tasa de interés activa al 12% nominal mensual partiendo del 4% vigente en la actualidad. La suba de las tasas provocaría recesión, desocupación, caída de las importaciones, pérdida de elecciones para el .partido gobernante, protestas masivas contra el equipo económico y, en resumen, subdesarrollo. La desocupación tendría por finalidad causar una rebaja en los salarios nominales, que a su vez permitiría reducir los precios y aumen-tar de esta manera el tipo de cambio real para la exportación, y por esta vía reactivar nuevamente la economía. Pero existe un obstáculo institucional grave: el artículo 66 de la ley de contratos de trabajo y su invariable interpretación jurisprudencial que considera injuriosa para los intereses del trabajador toda rebaja del salario nominal. ¿Tiene el equipo económico encabezado por Cavallo suficiente fuerza para derogar esta disposición legal, así como las partes fundamentales de la legislación sindical que hacen a la esencia del propio Partido Justicialista en el gobierno? Y si la tiene, ¿cuánto tiempo le llevará hacerlo? Mientras tanto, el país debería prepararse para atravesar la recesión eco-nómica más profunda de su historia.
El segundo punto importante de una ley de convertibilidad es la promesa de no financiar al gobierno con emisión monetaria. Esta promesa está establecida de manera muy ambigua en la ley de marzo de 1991:

Art. 4º - En todo momento, las reservas de libre disponibilidad del Banco Central de la República Ar-gentina en oro y divisas extranjeras, serán equivalentes a por lo menos el ciento por ciento (100%) de la base monetaria. Cuando las reservas se inviertan en depósitos, otras operaciones a interés, o en títu-los públicos nacionales o extranjeros pagaderos en oro, metales preciosos, dólares estadounidenses u otras divisas de similar solvencia, su cómputo a los fines de esta ley se efectuará a valores de mercado.

La ley nos dice a hurtadillas que las reservas se pueden invertir en títulos públicos nacionales pagaderos en dólares estadounidenses. Por ello, esta ley de convertibilidad es débil como escudo contra la financiación inflaciona-ria del Estado. El Ministro de Economía podría, por ejemplo, emitir una serie de Bonex 1992 por 2.000 millones de dólares y sustraerle el contravalor en dólares contantes y sonantes al Banco Central, el cual, como buen subordinado, debería acatar la orden. El Ministro podría luego vender los dólares así obtenidos en el mercado cambiario y hacerse de australes para pagar sueldos, Como estos Bonex 92 no se cotizarían todavía en bolsa, el Central los tendría que recibir a valor nominal, o tal vez según la cotización del célebre Bonex 89, producto de la consabida confiscación de los depósitos. El Bonex 89 en la actualidad se cotiza al 79% de su valor nominal. Con algún revalúo del oro u otro artilugio contable se podría mostrar un balance del Banco Central que en apariencia cumpliría con la ley. Después de todo, la Corte Suprema de Justicia es la autoridad que en última instancia deberá expedirse ante la denuncia, y lo ha-rá como ya lo hizo con la confiscación de los depósitos: proclamando a los cuatro vientos que todo esto es conforme a la ley y que no hay delito. Similares opiniones emitirían tal vez el Tribunal de Cuentas de la Nación y la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas. No podrían condenar al gobierno que los nombró, pues incurrirían en una ingratitud.
En definitiva, estas debilidades conceptuales de la Convertibilidad de 1991, sumadas a la falta de un Banco Central verdaderamente independiente que le otorgue un sello de permanencia, llevan de la mano a las razones ocasionales o de oportunidad que llevara a su sanción: los comicios de septiembre de 1991. En la desesperación por una economía que no respondía a la devaluación de enero de 1991 de tipo de cambio fijo con banda, ni tampoco al tipo de cambio libre y fluctuante de 1990, se trataba de escapar hacia adelante con un tipo de cambio bajo y fijo en la esperanza de que en el futuro más lejano, después de los comicios, por suerte o por obra de la providencia, se encon-traría la forma de reducir los precios y salarios en un 30% y así viabilizar la convertibilidad. Pero de cualquier manera se habría obtenido un respiro político importante con el triunfo electoral.

 

Comparación con el Plan Austral

Para ganar perspectiva en el análisis del Plan de Convertibilidad de 1991 es necesario compararlo con el Plan Austral, inaugurado en 1985 durante la presidencia del doctor Alfonsín y la dirección de su Ministro de Eco-nomía, el doctor Juan Vital Sourrouille. Ambos planes adoptaron el tratamiento de “shock” y fueron lanzados en pe-ríodos preelectorales. Ambos también contradicen numerosos puntos de vista expresados por sus autores con ante-rioridad, lo cual sugiere que tanto el austral como la convertibilidad fueron lanzados en momentos de desesperación política y ante la necesidad imperiosa de hacer “algo” para dominar una economía que se les escapaba de las manos a sus conductores. El caso de Sourrouille es notorio porque el libro del cual es coautor es un verdadero alegato en fa-vor del gradualismo, en su variante estructuralista, por oposición al tratamiento de shock que en la práctica siguió el Plan Austral. En el caso del Plan de Convertibilidad encontramos dos contradicciones: la primera, ya mencionada, en que incurrió Cavallo quien abogó por un tipo de cambio libre y fluctuante en su libro Volver a Crecer, y luego, como Ministro, terminó imponiendo un tipo de cambio fijo nada menos que por ley del Congreso. La segunda es la del doctor Roque Fernández, presidente del Banco Central subordinado a Cavallo, quien en su artículo “The Short Run Output - Inflation  Trade Off in Argentina and Brazil 1975” se definió claramente por el gradualismo en su variante monetarista, en oposición a la concepción de “shock” y tipo de cambio fijo del Plan de Convertibilidad. Sería enri-quecedor para la profesión de los economistas en la Argentina que estos destacados exponentes de la misma expli-quen las buenas razones que los deben haber llevado a variar su punto de vista en 180 grados.
Antes de comparar el Plan de Convertibilidad con el Austral debemos recordar las principales líneas de este último. Ante una tasa de inflación mensual del 31% en mayo de 1985, el Plan Austral de junio de ese año trajo un tratamiento antiinflacionario de “shock” actuando simultáneamente en siete frentes distintos, a saber:
a)  Fijación por decreto del tipo de cambio atado al dólar en el valor 1 dólar = 0,80 de austral. Este valor representa una paridad real equivalente aproximadamente al doble de la del Plan de Convertibilidad. Esta alta paridad estaba parcialmente compensada, en el caso del sector agrícola, por derechos de exportación aplicables a productos tradicionales.
b)  Reducción a cero del déficit fiscal mediante un drástico aumento de los impuestos y una reducción de gastos. Por primera vez en muchos años se acató la disposición constitucional según la cual el gobierno federal debe financiarse mediante el cobro de impuestos y operaciones de crédito genuino, y no mediante emisión monetaria. El déficit remanente, a financiarse genuinamente mediante aportes del FMI y bancos del exterior, se redujo al 2,5% del PBI en el segundo semestre de 1985, comparado con un déficit del 10% en el primer semestre del año y otro del 12% en 1984. La reducción del déficit se logró mediante el incremento de las tarifas de los servicios públicos, un aumento en los impuestos, incluyendo entre éstos un empréstito forzoso, y mediante una fuerte contracción de gas-tos y de los salarios reales de la administración pública.
c)  Autoprohibición del Poder Ejecutivo de recurrir al Banco Central para financiarse mediante emisión monetaria. Esta medida en realidad se confunde con la anterior. era un mero remache institucional. Como se dijo antes, el déficit remanente del 2,5% no era tal, dado que se financiaba con recursos genuinos del exterior.
d)  Ataque frontal y directo a la inflación mediante una congelación de precios y salarios por un tiempo indefinido, utilizando como base legal la ley de abastecimiento del año 1974. Se exceptuó de esta congelación a los bienes y servicios de oferta estacional como las frutas y las hortalizas.
e)  Fijación de altas tasas de interés que “ex post” brindaron un retorno real del orden del 30% anual real al capital financiero local.
f)  Reforma monetaria por decreto, mediante la cual se cambió la denominación de la moneda, que en lu-gar de llamarse peso, pasó a llamarse austral, quitándosele tres ceros.
g)  Alteración por decreto del Poder Ejecutivo a favor de los deudores de los contratos vigentes pactados libremente entre las partes. Los contratos a plazo que estaban estipulados en pesos corrientes llevaban implícitamente dentro de los precios estipulados, la tasa esperada de inflación. La quita de dicha tasa esperada se llamó “desagio”.
h)  Sistema casuístico de subsidios para promover la exportación manufacturera otorgados a unas 30 em-presas. esta promoción estaba acompañada de otro sistema, también casuístico, que trabajaba en la dirección opuesta - es decir para sustituir importaciones -, consistente en una enorme cantidad de decretos de promoción industrial y regional, la mayoría de ellos de gran costo fiscal y reducido efecto sobre la inversión global y el empleo.
Las tres primeras medidas, es decir la adopción de un ancla de precios con el tipo de cambio fijo y la eli-minación del déficit fiscal, coinciden con los remedios clásicos que en los años veintes, después de la Primera Guerra Mundial, se aplicaron contra las hiperinflaciones en Europa central y del este. Y con éxito notable en todos los casos, como veremos más adelante. En estas dos medidas, el Plan Austral era igual al actual Plan de Convertibilidad. Inclu-so el Austral era más que “convertible” en el sentido cavallístico, pues las reservas monetarias en julio de 1985 eran del orden de los 6.000 millones de dólares y superaban ampliamente la base monetaria.
El Plan Austral tuvo un éxito espectacular en frenar la hiperinflación, que había alcanzado un nivel amena-zante en mayo de 1985, cuando el índice mensual de inflación llegó al 31%. Esta plan fue también el factor determi-nante del triunfo de la U.C.R. en los comicios de octubre de 1985. Exactamente el mismo papel protagónico tuvo el Plan de Convertibilidad de Cavallo en las victorias justicialistas en las elecciones de septiembre y octubre de 1991.
El Plan Austral, sin embargo, fue claramente superior en un punto: la estabilidad de precios se consiguió sin incurrir en atraso cambiario. Este último es el gran defecto del Plan Cavallo. En otras palabras, durante el Plan Cavallo la inflación está reprimida artificialmente por el dólar barato.
Por otra parte, no cabe duda de que el Plan Cavallo tiene una instrumentación superior a la del Plan Aus-tral en razón de que se hizo por ley del Congreso, lo cual le da una mayor solidez institucional. El Plan Austral se estableció solamente por decreto presidencial, ignorando los poderes monetarios y cambiarios que la Constitución confiere categóricamente al Poder Legislativo. Sin embargo, el Plan Cavallo no aprovecha el claro fundamento constitucional que tiene. Es el caso de Monsieur Jourdain, de Le bourgeois gentilhomme, de Molière, que escribía en prosa sin saberlo. en el mensaje de elevación del ministro no se ha hecho uso de esta ventaja. La convertibilidad es un instrumento de disciplina monetaria con jerarquía constitucional. En consecuencia, no podemos ahora volver a un sistema monetario discrecional como el que rigiera desde 1945 hasta 1990, porque estaríamos violando la Constitu-ción de 1853. Establecer públicamente esta doctrina, sería una gran señal positiva para los mercados.
También existen similitudes en cuanto al ataque que ambos planes efectúan a la indexación y a las expec-tativas inflacionarias, es decir a la llamada inflación inercial. El Plan Austral utilizó una congelación de precios fun-dándola en la ley inconstitucional de abastecimiento sancionada por el Congreso con mayoría Justicialista de 1974, y también en una intervención estatal en los contratos llamada “desagio”, que tampoco tiene sustento constitucional pues afecta al derecho de propiedad, a la autonomía de la voluntad y a la libertad de comercio e industria consagra-dos en nuestra Constitución. Estas violaciones a la Constitución suelen ser tomadas a la ligera por los economistas, pero ello es un grave error porque en definitiva se afecta la seguridad jurídica y la previsibilidad de todo el sistema, y con ello se reduce la inversión de capitales en el futuro.
La ley de abastecimiento es inconstitucional porque vulnera la libertad de industria y de comercio estableida en el Art. 14 de la Constitución, del mismo modo que en su Art. 17 garantiza el derecho de propiedad. También contradice el Art. 28 que prohibe alterar los derechos fundamentales con pretextos reglamentarios que vulneren la esencia del derecho fundamental que se consagra. Si un comerciante o industrial es propietario de los bienes que produce y desea venderlos a un precio distinto del precio congelado en virtud de la ley, el Estado no puede, sin vul-nerar la libertad de industria y comercio y sin atacar la misma propiedad privada, impedir que el industrial o comer-ciante venda al precio que determine la competencia del mercado. El Plan Austral tuvo la osadía de congelar precios en violación de la Carta Magna. Con precios congelados por una parte y presiones sindicales por la otra, la industria y el comercio resultaron aplastados por ambos costados, como el jamón del sandwich.
El dilema se resolvió creando .más privilegios inconstitucionales, que en la jerga popular se denominan “patrias”: la “patria promocional “, con una maraña infernal de decretos de promoción a la industria de substitución de importaciones en el interior del país de muy alto costo fiscal, y “la patria exportadora”, con subsidios casuísticos a las exportaciones de unas treinta empresas. Pero una vez que se comienza con el Estado prebendario no se termina nunca, y entonces se siguió también con una notable expansión de las otras “patrias”, como la “jubilatoria” para ex ministros, secretarios de Estado y legisladores, y la “sindical” para la burocracia gremial.

Y ni que hablar de la “patria partidaria”, con puestos para los afiliados del partido que solamente se presentaban a cobrar el sueldo el 29 de cada mes. Floreció también una nueva variante de la “patria financiera” consistente en colocar “festivales” de letra y bonos del Estado que eran absorbidos aprovechando los enormes encajes que los bancos debían mantener inmovili-zados en el Banco Central. Esto último desnaturalizó la función bancaria tradicional de prestar a la empresa privada productora de bienes y servicios, convirtiéndola en financiadora encubierta de un Estado clientelista que en el origen del propio Plan Austral parecía sanamente acotado. El resultado de los abusos de tantas “patrias” fue que la verdade-ra y única Patria argentina casi se incendió en la hiperinflación de 1989.
En relación al excesivo intervencionismo de Estado que afloró en el Plan Austral, y que entraría en vías de superación  en el gobierno de Menem y sus distintos ministros de Economía - desde Rapanelli pasando por Erman González y llegando a Cavallo -, cabe enfatizar que, aún si omitimos las consideraciones constitucionales que conde-nan dicho intervencionismo, conviene señalar un error específico del intervencionismo austral: pretender implementar una política intervencionista sin contar con un cuerpo profesional de funcionarios de Estado capaces, consagrados de por vida a la función pública, y seleccionados por un riguroso orden de mérito. Cuando se designa a toda una masa de afiliados partidarios en los cargos profesionales y administrativos del Estado, la administración pública se corrom-pe. Los políticos abusan de los amigos, afiliados y parientes que ellos mismos nombraron en los cargos públicos para conseguir de ellos como contrapartida, favores del Estado, como adjudicaciones de contratos y otras ventajas. Y en definitiva, el Estado, que se creó originalmente para defender el bien común, termina esquilmando a la sociedad que lo, nutre y mantiene. Tanto más cuanto intervencionista sea la concepción económica que se pretenda poner en prác-tica.
Los partidos políticos son un instrumento valioso e insustituible de la democracia cuya función principal es la provisión de los cargos políticos del Estado, pero no de los profesionales y administrativos. Hasta que no se entienda bien este concepto, la Argentina no podrá tener desarrollo económico ni conseguirá consolidar su demo-cracia. Los cargos profesionales y administrativos desde subsecretario de ministerio para abajo, deben proveerse en función de una carrera administrativa y de una idoneidad probada en exámenes rigurosos, competitivos y abiertos, donde se abran paso los mejores sin contemplaciones de ninguna especie. Esos exámenes deben tener lugar a los efectos de permitir la formación en cada uno de los ministerios de un cuerpo profesional de funcionarios que luego vayan ascendiendo por carrera y mérito. Aunque parezca paradojal, este antiguo sistema tan simple de división tajan-te en carrera política por un lado y carrera administrativa por el otro, es la base de la grandeza y poderío de países como el Japón, Francia, Inglaterra y Alemania.
Lo interesante del caso es que esta separación abrupta que debe existir entre la función política y la profe-sional dentro del Estado, típica de los países desarrollados, impide que el político nombre a sus amigos ineptos  en los cargos administrativos pero no cierra la puerta para que funcionarios retirados del Estado pasen a actuar en im-portantes funciones dentro de los cuadros partidarios, aportando su experiencia anterior en la función pública para elevar el nivel intelectual y moral de la clase política. En Japón, por ejemplo, un 30% de los miembros de la Dieta son ex funcionarios de carrera de alta calidad.
En resumen, la comparación del Austral con la Convertibilidad es útil para tener presente dos enseñanzas centrales. La primera consiste en que es posible estabilizar con tipo de cambio alto. La segunda consiste en que es imposible estabilizar a un  plazo que exceda dos o tres años si no se ataca el cáncer del gasto público improductivo y de los privilegios sectoriales. Este gasto y estos privilegios están estrechamente conectados al sistema de clientelismo y favores políticos, que es la enfermedad profunda que corroe nuestra democracia y desnaturaliza el sistema republi-cano previsto en nuestra Constitución.

 

La desindexación: éxito inmediato y problemas para el futuro.
La desregulación laboral.
Es indudable que el Ministro Cavallo obtuvo una gran victoria en la lucha antiinflacionaria luego de san-cionada la Ley de Convertibilidad. El éxito debe imputarse en parte - al igual que en el caso de Sourrouille - a que ambos ministros, por distintos métodos consiguieron desindexar la economía. El fenómeno inflacionario se realimen-ta a sí mismo de las expectativas las cuales se nutren de la suba de precios experimentada el mes pasado, el trimestre pasado y el año pasado. En abril de 1991 la Argentina llevaba 46 años de inflación y el pueblo se había acostumbrado a la misma. No podía esperarse que la mera eliminación del déficit fiscal y el anclaje cambiario de la ley de converti-bilidad bastarían para aniquilar esa inercia. La economía argentina estaba, y todavía está esclavizada por los índices: el comerciante o industrial tiende a fijar los precios del mes en curso incorporando el costo del interés nominal que refleja la tasa esperada de inflación, la que a su vez está influida por la inflación que tuvo lugar el mes anterior. Los salarios también están dominados por el índice del costo de la vida.
Desarmar esta maquinaria solamente mediante la política fiscal y cambiaria es poco efectivo. Especialmen-te si el Banco Central emite enormes cantidades de moneda para la compra de dólares prevista en la propia naturale-za de la ley de convertibilidad y se crea entonces una situación de excesiva liquidez que permite que los precios con-tinúen aumentando solamente por fuerza de la inercia. No cabe duda que la inercia y las expectativas inflacionarias pueden frustrar un plan de estabilización. En consecuencia, Cavallo necesitaba eliminarlas, anulándolas enérgicamen-te y con gran dramatismo. Eran necesarias medidas directas adicionales.
El objeto de la desindexación coercitiva, por fuerza de la ley, debió haberse limitado, sin embargo, a frenar la inercia de las expectativas inflacionarias por algunos meses. Después debía darse plena vigencia a la libertad de comercio y a las leyes de la oferta y la demanda en los mercados de bienes y laboral. Es decir, había que aplicar la conocida desregulación, pero muy profundamente. Sin embargo, no cabe duda que al comienzo del plan de estabili-zación era necesario dar un paso inicial hacia atrás, para que luego pudiera regir con más fuerza que nunca la libertad de comercio e industria establecida en la Constitución.
El Plan Austral había desindexado la economía en 1985 recurriendo al cuestionable “desagio” y a la con-gelación de precios y salarios, amparándose en la intervencionista y antediluviana ley de abastecimientos sancionada por el Congreso Justicialista del año 1974. Había que diferenciarse del Plan Austral por una parte, y por la otra tratar de evitar caer en el intervencionismo característico del antiguo Justicialismo. El Presidente Menem había proclamado la “economía popular de mercado” en un acto solemne luego de asumir en 1989, y no podía volverse a las andadas.
¿Qué hacer entonces? Así como la ley de convertibilidad implicaba abrevar en las fuentes de la nacionali-dad volviendo por fin al sistema monetario de la Constitución histórica de 1853 del que nunca debimos habernos apartado, en materia de desidexación había que volver al nominalismo del viejo Código Civil de Vélez Sarsfield, del año 1871. El nominalismo era un principio del derecho sancionado en el artículo 619 del Código, según lo reconoce la propia nota de Vélez a ese artículo. Trasunta un sistema jurídico que estima el objeto debido en las obligaciones de dinero por la cuantía o valor nominal de la moneda y no por el valor intrínseco de la misma. Por lo tanto, bajo el nominalismo, mientras coincida la cantidad de moneda pagada con la cantidad de moneda adeudada, el acreedor no puede quejarse, cualquiera sea el valor o poder adquisitivo de aquéllo con que se le paga. Es decir, un peso vale un peso en el momento de contraerse la obligación y tiene el mismo efecto cancelatorio de un peso en el momento del pago, y no puede discutirse ante los tribunales el valor cambiante de la moneda en los diferentes momentos. El nomi-nalismo es un excelente sistema porque da certeza a las obligaciones y evita los juicios, disminuye el riesgo comercial y así estimula la actividad económica y el progreso general. Pero es un sistema que supone la existencia de estabili-dad. Si la inflación continúa puede crear mucha injusticia, paralización del comercio y desaguisados de primer orden.
De cualquier manera, la ley de convertibilidad supuso alegremente que la inflación había terminado y consagró el nominalismo en su Art. 7 de manera expresa e incluso haciendo uso de la palabra “nominalmente”, reiteran-do el mismo principio en el artículo 10.
La ley tiene el acierto de catalogarse a sí misma como de orden público en el sentido de que sus prescrip-ciones superan en poder coercitivo a las convenciones privadas que se les opongan. Existe al respecto la tradición universal de considerar a la moneda como una institución central de la convivencia social y vital para la existencia misma de una sociedad moderna. Es enteramente correcto, en consecuencia, desde el punto de vista jurídico intervenir en los contratos privados existentes, suscritos sobre la premisa de la existencia de la inflación, para luego corregirlos y hacerlos más justos cuando se supone que la inflación desaparecerá. Y más correcto todavía cuando la ciencia macroeconómica confirma que la eliminación de la indexación fortalecerá y hará mucho menos doloroso el proceso de estabilización.
Pero el Art. 7 de la ley en su primer párrafo comete el error de prohibir las cláusulas de indexación en contratos que se celebren en el futuro, a partir del año 1993 por ejemplo, cuando es posible que, aún sin inflación, sea necesario, por las características de un negocio específico y para disminuir los riesgos de las partes, estipular ciertas cláusulas de variación de precios. Aquí la ley de convertibilidad atenta contra el sano principio de la autono-mía de la voluntad del Art. 1197 del Código Civil, que faculta a las partes a acordar lo que les convenga y otorga fuerza de ley a esa convención. Este principio hace a la esencia de la libertad de industria y de comercio, así como al derecho de propiedad consagrados en nuestra Constitución, y no existe ninguna razón de orden público que justifi-que la prohibición de futuras indexaciones convencionales, una vez pasada la convalecencia inflacionaria.
Sin embargo, a pesar de prohibir la indexación para siempre en moneda nacional, la ley deja abierta una enorme puerta de escape por la vía de la amplia facilidad y absoluta legalidad que brinda a los contratos en moneda extranjera. Es obvio que, ante las dudas que genera la actual estabilidad, muchos negocios se estipularán en dólares para eludir la prohibición de indexar. Esta tendencia de la ley hacia el bimonetarismo no está exenta de problemas, como veremos más adelante.
Más grave aún es la audacia de adoptar un nominalismo furioso, cuando las instituciones existentes del derecho laboral argentino son intrínsecamente inflacionarias. En efecto, la ley de Contrato de Trabajo en su Art. 66, de acuerdo a la interpretación jurisprudencial, supone que todo intento de reducir el salario nominal constituye una “injuria” del empleador al trabajador. esta “injuria”, da derecho al trabajador a considerarse despedido y a exigir ju-dicialmente una indemnización igual a tres salarios mensuales por concepto de falta de preaviso y un salario mensual por cada año de antigüedad en el empleo. Se infiere entonces que el precio más importante de la economía, es decir, el salario, es inflexible nominalmente a la baja. El plan Cavallo, sin embargo, padece del defecto congénito que ya hemos analizado antes: el dólar excesivamente barato que lo hará estallar tarde o temprano, a menos que se consiga una deflación de precios del orden de un 30%. Para conseguir que todos los precios se reduzcan en ese porcentaje se requiere que el salario nominal también se reduzca, lo cual es una imposibilidad a la luz de la legislación laboral vi-gente. Esta es la inconsistencia que deberá resolverse pues de lo contrario se avecinarán graves problemas a la eco-nomía nacional.
Para que se estimule la inversión en el país y se genere una auténtica recuperación, todas las señales deben ser consistentes. Por una parte tenemos la ley de convertibilidad cavallística, que es una antigualla excelente del anti-guo liberalismo decimonónico. Por la otra, los trabajadores argentinos gozamos de la legislación laboral y sindical vigente, recientemente remozada, que continúa siendo un vestigio reglamentarista mejorado y aumentado del fascismo y de la “Carta del Lavoro” de Mussolini.
El sindicalismo funda su acción en el monopolio de la oferta de trabajo. Trata de aumentar los salarios restringiendo el empleo. Es decir, mejora la situación de los que están empleados a costa de los que se quedan sin trabajo. Si logra aumentar tanto el salario como el empleo, lo hace a costa de una mayor inflación, lo cual a su vez es engañoso porque la suba de precios disminuye el salario real. En tal sentido las instituciones del sindicalismo deben ser repensadas y modernizadas ues las viejas instituciones parecieran intrínsecamente inflacionarias y constituyen la espada de Damocles del plan de Convertibilidad, el cual no tolera inflación alguna, so pena de fracasar irremisiblemente.
Incluso está demostrado científicamente que una economía donde algunos precios son inflexibles a la baja tiene una sola manera de conseguir un equilibrio en los precios relativos. Lo hace por la vía de la inflación estructural.
La inflexibilidad a la baja de los salarios nominales apoyada en la ley del contrato de trabajo prende la mecha de una bomba de tiempo para el plan de Convertibilidad. Este es un hecho inexorable que enciende una luz roja de primera magnitud sobre el plan Cavallo y su nominalismo desindexatorio. Peligro que solamente puede ser conjurado si el Ministro embiste prontamente contra la llamada “patria sindical”. En rigor, al estar el peso anclado al dólar norteamericano por la ley de convertibilidad, para ser coherente, Cavallo debió haber propuesto una legislación labo-ral similar a la norteamericana. En otras palabras, la convertibilidad requiere la eliminación de las indemnizaciones por despido y su reemplazo por el seguro de desempleo, como en Estados Unidos, y también una legislación sindical y de convenios colectivos de trabajo similar a la del gran país del norte. De lo contrario, el plan de Convertibilidad está condenado a estallar tarde o temprano por causa de la inflación estructural y el atraso cambiario.
Si bien la desregulación laboral es una pieza imprescindible para dar consistencia a la convertibilidad, el propiciar esta desregulación de ninguna manera significa que deba dejarse desprotegido al trabajador.
La defensa del trabajo se puede hacer en cambio muy eficazmente por la vía de la política macroeconómia. En realidad, la defensa del trabajo es la función primerísima de toda buena política económica. La forma eficiente desde el punto de vista económico de ayudar a los que menos tienen consiste precisamente en promover el desarro-llo. Hemos visto que desde 1974 hasta 1990 la producción per cápita en la Argentina disminuyó un 22% y concomi-tantemente el salario industrial se redujo a la mitad. Inversamente, si la producción per cápita hubiese crecido, el sa-lario hubiese crecido mucho más. En realidad, el modelo de desarrollo económico más realista que existe, propuesto por el premio Nobel William Arthur Lewis, afirma ni más ni menos que el desarrollo económico consiste en el aumento de la demanda de trabajo. En la jerga de los economistas, se trata de movilizar la curva de demanda de traba-jo, que es también la curva de la productividad marginal del trabajo, la que debe trasladarse hacia la derecha perma-nentemente para asegurar la suba de los salarios, ante la escasez de la oferta laboral.
Incluso es posible mejorar la distribución del ingreso a favor de los trabajadores mediante medidas especí-ficas que alienten la demanda de trabajo más allá de la que proviene del mismo desarrollo económico. Tales medidas pueden ser deducciones impositivas en función de la cantidad de trabajadores empleados por las empresas y, por su-puesto, la promoción del desarrollo de las industrias “mano de obra intensivas”. En ese sentido, la experiencia de al-gunos países como Corea y Taiwan con la política de promoción de exportación de manufacturas vía tipo de cambio elevado demuestra que esta política es la más efectiva para mejorar la distribución del ingreso a favor de los trabaja-dores y mejorar los salarios reales en el largo plazo.

Expansión sin reducción del gasto público: comparación con el final de las grandes hiperinflaciones clásicas.

Después de sancionada la ley de Convertibilidad de 1991 se verificó una notable reactivación de la eco-nomía nacional. Así por ejemplo, la producción de cemento aumentó de 304 mil toneladas en marzo de 1991 a 377 mil en diciembre de 1991. La producción de automotores pasó de 6.000 unidades en marzo de 1991 a 17.000 en di-ciembre de 1991. La generación de energía eléctrica aumentó un 20% en el mismo lapso.
Esta reactivación económica se produjo en momentos en que bajó paradojalmente la tasa de inflación des-de el 11% mensual en marzo de 1991 a 0,6% en diciembre. Sin embargo, la excelente doble marca de aumentar la producción al tiempo de reducir la inflación no es un fenómeno raro en la economía argentina. Lo hemos visto en 1960 con el Presidente Frondizi y su ministro, el ingeniero Alsogaray, en 1964 con Illia - Blanco, en 1967 con On-ganía - Krieger Vasena, en 1974 con Perón - Gelbard, en 1977 con Videla - Martínez de Hoz, en 1986 con Alfonsín - Sourrouille, en 1989 con Menem - Rapanelli y nuevamente en 1991 con Menem - Cavallo. Desde el punto de vista teórico la macroeconomía moderna desmiente también en forma categórica que para estabilizar la economía sea necesario producir una profunda recesión.
Los economistas estamos acostumbrados a plantear los problemas de nuestra ciencia en términos de oferta y demanda desde los tiempos de Adam Smith en el siglo XVIII. Y la macroeconomía también plantea el análisis de la inflación y la producción en términos de oferta y demanda agregadas. Creo conveniente hacer una breve síntesis del razonamiento más moderno para destruir el mito vigente, según el cual para vencer la hiperinflación es necesario atravesar una hiper - recesión y hacer padecer a todo el pueblo extraordinarios sacrificios.
Los banqueros, por su parte, estarán dispuestos a conceder créditos a tasas más baratas debido precisa-mente a las menores expectativas inflacionarias, y ello estimulará la toma de créditos, la inversión para capital circulante y la expansión económica. este es el fenómeno que se verificó en abril de 1991 - junio de 1992, después de aprobada por el Congreso la ley de Convertibilidad.
La súbita caída de las expectativas de inflación se debe a que es una creencia arraigada en el público de nuestro país , y en  el de todo el mundo, que la causa más importante de la inflación está constituida por los déficits fiscales financiados con emisión monetaria. Pues bien, la ley de Convertibilidad los prohibe para lo futuro, porque toda nueva emisión, de acuerdo al Art. 1º, deberá estar acompañada del respectivo respaldo en divisas, y por lo tanto no puede ser el resultado del financiamiento al gobierno. La prohibición categórica de la indexación, incluso la pac-tada en los convenios colectivos de trabajo, establecida en el Art. 10 “in fine” ratifica y le pone una capa mortuoria a las expectativas inflacionarias.
Por supuesto que no es fácil hacer creer al público que se cumplirá la promesa de no emitir para financiar al gobierno. El público debe tener confianza en la solvencia técnica y moral de los que hacen la promesa y sobre todo en su poder político para hacerla cumplir. No cabe duda de que en marzo - abril de 1991 el país tuvo fe en la dupla Menem - Cavallo.
El esquema de ataque común contra la inflación consiste en utilizar solamente la política monetaria y fis-cal, como trató de hacerlo, entre otros muchos, el Ministro González con un costo social muy alto en 1990. Este enfoque trata de mover hacia la izquierda la curva de demanda agregada. La política monetaria y fiscal afecta princi-palmente la posición de dicha curva. Una política monetaria y fiscal restrictiva la traslada a la izquierda y una expan-siva a la derecha.
En defensa de la política antiinflacionaria aplicada en 1990, que antecedió a la convertibilidad de 1991, debe puntualizarse que en los Estados Unidos también, hasta hace pocos años, muchos economistas estimaban que para hacer descender en un punto la tasa de inflación se necesitaba una caída del producto bruto del 9%. Esta esti-mación era enteramente correcta en tanto y en cuanto se actuase solamente con política monetaria y fiscal y se omi-tiese actuar sobre las expectativas y sobre la oferta agregada.
· Cuatro casos históricos de terminación de grandes hiperinflaciones en Europa después de la primera guerra mundial: Los de Alemania, Austria, Polonia y Hungría en los años 1921/24.
En los casos de los cuatro países nombrados, la estabilización no solamente ocurrió súbitamente, sino que también se verificó en forma simultánea con otras cuatro medidas, a saber:
a)  Drásticas disminuciones del gasto público y férreo equilibrio de las cuentas fiscales. En Alemania, por ejemplo, en tres meses, desde octubre de 1923 hasta enero de 1924, se disminuyó en un 35% el empleo público. Similares medidas se aplicaron en los demás países.
b)  Anclaje del tipo de cambio de manera que pudiera servir de punto de partida para una enorme compra de moneda extranjera por parte de los Bancos Centrales en los dos años subsiguientes.
c)  Enorme emisión  monetaria inmediatamente posterior a la estabilización. Pero se trató de emisiones respaldadas por oro, divisas e incluso documentos comerciales privados que solamente estaban respaldados por una mayor producción. Es decir que estas emisiones no estaban respaldadas meramente por letras de tesorería y títulos públicos de los gobiernos. El caso más interesante lo brindó Austria, país que en los dos años subsiguientes a la es-tabilización de agosto de 1922, sextuplicó su base monetaria sin experimentar inflación. Polonia y Hungría por tres en el mismo lapso, conservando plena estabilidad. La experiencia “de laboratorio” de estos cuatro países, ejemplifi-cada mejor por Austria, echa serias dudas sobre la escuela monetarista cavernícola que a veces aparece en nuestro país. Por lo pronto debe hacerse una distinción muy aguda entre la emisión monetaria con respaldo - que en principio no es inflacionaria, por lo menos en tanto y cuanto la razón M1/PBI sea inferior al 15% - y la emisión espuria para financiar al gobierno, que sí es condenable en la mayor parte de los casos y está prohibida  en la mayoría de las leyes de Banca Central de los países desarrollados.
d)  Creación de Bancos Centrales independientes del Gobierno que podían y debían negarse a descontar las letras de tesorería emitidas por éste y constituían un reaseguro contra el manejo irresponsable de las finanzas públicas, y así contribuían a crear confianza en la moneda nacional por parte del sector privado.
Nuestro país no redujo el gasto público improductivo en la proporción en que lo hicieron los países mencionados. Ancló, sí, el tipo de cambio con la ley de Convertibilidad, pero estableció un sistema bimonetario donde el dólar se usa profusamente en infinidad de transacciones en competencia con el peso, y ello ha impedido que la base monetaria en pesos haya crecido tanto como en los países europeos nombrados. Y por último la Argentina tampoco estableció un Banco Central independiente, por lo menos hasta mediados de 1992.
Todavía no existe otra singularidad del plan Cavallo que debe destacarse. Este plan expandió y estabilizó con tipo de cambio desequilibrado y sobrevaluado, lo cual significa que puso un cepo para la salida al exterior de bienes exportables, y en consecuencia estableció un incentivo para consumir en el país la producción nacional. Es decir que la estabilidad se consiguió gracias al atraso cambiario. Pero el retraso en sí no es inherente a la estabilidad. Es un error porque posterga las soluciones de fondo. El plan Austral, por ejemplo, estabilizó y expandió pero con ti-po de cambio alto, limitando solamente las exportaciones de los productos agropecuarios exclusivamente mediante derechos de exportación. Estos productos, como es sabido, tienen una fuerte influencia en la canasta de consumo de las familias de bajos ingresos: al dificultarse su exportación, se mantuvieron bajos sus precios, y por lo tanto alto el salario real.

La única manera de desterrar definitivamente el fantasma de la hiperinflación es creando empleos en el sector privado productor de bienes comerciables internacionalmente. Mientras no se actúe enérgicamente en este punto, la hiperinflación se seguirá cerniendo sobre nosotros.
El plan Cavallo con su peso sobrevaluado implica un desaliento precisamente para la inversión en los sectores productores de bienes comercializables internacionalmente. Exactamente el incentivo contraindicado.
El problema de fondo consiste en que la población argentina crece a razón de 400 mil personas por año y la fuerza de trabajo a razón de 140 mil. Si no se crean empleos productivos en el sector privado, la presión sobre los partidos políticos para que provean empleos estatales improductivos a la famélica masa de los afiliados al partido, a los parientes y a los amigos se torna insoportable. Sin inversión privada se plantea un problema de déficit estructural de las finanzas públicas que no tiene solución fácil.
Una de las alternativas que se han buscado consiste en pedir prestados fondos a entidades internacionales para financiar el pago de despidos por sumas siderales. Se crea así una nueva industria del despido que el resto de la población deberá pagar en el futuro en moneda dura, cuando no le cabe ninguna responsabilidad en la rentabilidad de las empresas estatales. Se trata de indemnizar para que los beneficiarios vivan de rentas sin trabajar, cuando la verda-dera solución consiste en utilizar esos escasos fondos internacionales para crear nuevos puestos de trabajo. Disminuir en esta forma tan gravosa la planta del Estado no tiene mérito alguno, incluso porque nada impide que un indemni-zado de SOMISA pase a trabajar en el Estado provincial de Santa Fe o de Buenos Aires, o en otras empresas del Estado.
Las cifras del cuadro 1 ponen de manifiesto que los argentinos estamos pagando 38 mil millones de dóla-res anuales (a los que habría que sumar otros 12 mil millones de impuestos para las provincias y municipalidades) en impuestos y tasas para sufragar gastos de seguridad, educación, salud, defensa y justicia, y realmente no tenemos se-guridad porque los asaltos y crímenes de todo tipo se han multiplicado por 5 en relación a los de hace 10 años. Se han dado casos de policías que capitanean bandas de extorsionadores. Tampoco tenemos educación. Hace 20, 30, 40 ó 50 años los colegios primarios y secundarios y las universidades estatales eran mejores que los privados. Hoy es casi imposible mandar a los hijos de una familia de clase media a la educación estatal por el. deterioro en que se en-cuentra. No solamente los edificios, sino también la infraestructura humana, dados los salarios de hambre que se pa-ga a maestros y profesores. En materia de salud nos ha vuelto a invadir el cólera, una enfermedad que los argentinos habíamos conseguido erradicar el siglo pasado con grandes obras sanitarias que no se han renovado. La vuelta del cólera es el símbolo típico del subdesarrollo que da testimonio elocuente de nuestra decadencia. En materia de de-fensa, los últimos gobiernos han inutilizado a nuestras fuerzas armadas, y Dios nos libre de algún ataque exterior. Ni justicia tenemos. Hubo jueces que encabezaban bandas delictivas y nada asegura que el caso no se repetirá. En reco-nocimiento de que nuestra justicia no sirve, nuestro propio Gobierno firma tratados de protección de inversiones ex-tranjeras resignando la jurisdicción de nuestros jueces en favor de jueces extranjeros, olvidando que si no hay justicia en la Argentina tampoco los propios argentinos invertirán en nuestro país. En definitiva estamos pagando 50.000 mi-llones de dólares anuales por servicios estatales que no valen ni la mitad. Estamos tirando nuestro dinero a un barril sin fondo, a la basura.

El Estado mismo apenas existe, pero lo pagamos. Mientras no aumente la eficiencia del gasto público y se reduzca su monto, el drama de la hiperinflación no habrá sido superado. La razón es muy simple: la demanda de edu-cación privada proviene de que la educación estatal en sus tres niveles ha caído hasta límites bajísimos, pero la pa-gamos como si fuera buena con impuestos más elevados que nunca. Ergo, pagamos un servicio educativo estatal y otro privado. Los hospitales públicos son un desastre pero los pagamos como si fueran buenos, y adicionalmente pa-gamos un servicio de medicina privada. Las jubilaciones son  miserables pero pagamos el 27% de los salarios para contribuir a su financiamiento. Y además, por supuesto, debemos recurrir a una jubilación privada para asegurarnos una vejez decente. La ineficiencia estatal con altos impuestos por servicios inexistentes obliga a gastar nuevamente en servicios privados y a duplicar el gasto. El excesivo gasto es, precisamente, la causa de la hiperinflación.

 

¿Equilibrio fiscal  solamente?

El gran acierto de adoptar un sistema monetario y fiscal transparente trajo confianza, reactivación y un exceso de optimismo. El público cree, porque la autoprohibición de emitir para financiar sus gastos por parte del Gobierno es similar al gesto de quien se encierra en una jaula, promete no salir y además tira la llave afuera. No se podía dar una prueba más fehaciente de sinceridad. Y cuando terminó 1991 con equilibrio fiscal muchos economistas del gobierno y sus amigos del sector privado enloquecieron de euforia creyendo que la Argentina se encaminaba de-finitivamente hacia el desarrollo. Que arregladas las cuentas fiscales, todo lo demás se arreglaba por añadidura. Grave error.
A menos que se produzca una devaluación real sustancial, el país se enfrentará con un déficit comercial creciente, que si no es cubierto con repatriación de capitales a largo plazo, préstamos del exterior a largo plazo o verdaderas radicaciones de capital (¿para invertirse en qué sectores, si la producción de bienes comerciables interna-cionalmente no es rentable por acción del tipo de cambio bajo  y el sector de no transables no tiene capacidad absor-tiva suficiente ni fuerza para liderar el proceso de desarrollo?), hará trastabillar al actual programa económico. El equipo económico conoce esto y trata de inducir un descenso de precios y costos internos del orden del 30%, lo cual sería equivalente a una devaluación. De ahí los decretos de desregulación, que son acertados y debemos aplaudir. Pe-ro es muy difícil devaluar en la magnitud y con la prontitud requeridas solamente por deflación. No hay precedentes de ello en la historia económica de los últimos 60 años, especialmente si no se experimenta una agudísima recesión, como por ejemplo la inglesa de 1921, la cual ni siquiera resultó suficiente. Además la deflación trae serias complica-ciones macroeconómicas pues beneficia injustamente a los acreedores y perjudica a los deudores. Y por otra parte la recesión daña la recaudación impositiva y agranda el déficit fiscal. La alternativa clásica ante estos desatinos es la de-valuación nominal con un duro ajuste fiscal.
Pero algunos economistas vinculados al equipo económico afirman que el déficit comercial no importa y parecen sostener que el gobierno debe concentrarse exclusivamente en conseguir un superávit fiscal para poder pagar los intereses de la deuda externa, puesto que una vez conseguido éste, el déficit comercial se arregla o se financia por añadidura. Bastaría pues con que las finanzas públicas estén en orden. Citaré cinco razones de las muchas que exis-ten para refutar esta tesis.
La primera de ellas consiste en que la reducción del gasto público y el aumento de su eficiencia no se hizo todavía. Además, el ajuste fiscal implica no solamente un equilibrio de caja en las cuentas del Estado sino, más im-portante aún, un equilibrio de compromisos. En otras palabras, de nada vale que el .ministro de Economía presente orgulloso un superávit de ingresos y gastos si al día siguiente debe emitir 20.000 millones de dólares en bonos para pagar a jubilados, proveedores del Estado, titulares de diversos subsidios, pérdidas de ejercicios anteriores en el im-puesto a las ganancias , cuentas provenientes de la fracasada “promoción industrial” y otras. La emisión de deuda también es síntoma de déficit y de excesivo gasto público. En realidad, una forma de computar el déficit fiscal consis-te en comparar la deuda pública en términos reales, es decir en moneda de valor constante al comienzo y al final del período fiscal. Cuando el Estado emite deuda irresponsablemente para pagar jubilaciones o indemnizaciones y empa-pela el mercado con sus bonos, está haciendo subir la tasa de interés real de toda la economía y por esta vía despla-zando a la inversión privada genuinamente productiva. Así se ahoga el desarrollo económico. La emisión de deuda pública debería reservarse para financiar inversiones públicas verdaderamente reproductivas que queden para benefi-cio de las futuras generaciones, que son las que finalmente deberán pagar los intereses y amortizaciones con mayores impuestos . En el Ministerio de Economía se sigue el criterio opuesto: se emiten bonos para pagar por cualquier cosa, en la seguridad de que cuando llegue el momento de redimir esos bonos se podrá hacer otra nueva emisión de bonos, y así sucesivamente. Todo esto es muy peligroso. La deuda pública debe pagarse con impuestos y, como el poder de sancionar impuestos pertenece al parlamento, toda nueva emisión de bonos debiera contar con una especí-fica discusión y aprobación parlamentaria . Incluso el capital golondrina, que viene a convertirse a pesos para ganare un altísimo interés en relación a los estándares internacionales y luego convertirse nuevamente a dólares para salir del país un mes o un día antes de que llegue el momento de la devaluación, puede considerarse que es deuda pública a la vista, con fecha de vencimiento a voluntad del acreedor, dado que el día del reconocimiento deberá pagarse con re-servas del Banco Central, que en definitiva es un organismo del Estado argentino.
Incluso la venta de activos del Estado para pagar gastos corrientes es similar al endeudamiento efectuado con el mismo propósito. Es déficit.
El ajuste fiscal vendrá en serio cuando se comience por eliminar una gran cantidad de privilegios que aún subsisten en la economía argentina: por ejemplo, cuando se deroguen por decreto fundado directamente en la Constitución todas las jubilaciones inconstitucionales de privilegio que se han autoconferido los legisladores, los ministros, los secretarios de estado y otros funcionarios, las cuales, según estimaciones que se dieran a conocer oportunamente, sumarían 50.000 personas que cobrarían 4.000 millones de dólares por año. Cuando se comience por barrer la enor-me cantidad de absurdos por el estilo enquistados dentro del gasto público, podremos hablar de ajuste fiscal en serio.
La segunda razón para cuestionar a los economistas unilaterales consiste en que éstos parecen desconocer la identidad central de la macroeconomía abierta: el exceso de ahorro sobre la inversión es igual al déficit fiscal más el superávit externo. En otras palabras,
S-I=(G+TR-T)+(X-M), donde:
S = ahorro del sector privado
I =  inversión del sector privado
G = gasto público
T = impuestos
TR = transferencias
X = exportaciones
M = importaciones
Esta identidad relaciona tres sectores de la economía, a saber: el del mercado de capitales, dado por la di-ferencia entre el ahorro y la inversión privados (S-I); el fiscal, dado por la diferencia entre el gasto público más las transferencias por una parte, y la recaudación impositiva por la otra (G+TR-T), y por último el sector externo, repre-sentado por las exportaciones menos las importaciones (X-M). La ecuación nos dice que el equilibrio fiscal (G+TR=T) no basta para arreglar la macroeconomía del país.  Exceso de consumo, escasa inversión y menos ahorro unidos a un fuerte déficit comercial, todo ello combinado con altas tasas de interés: parece un cóctel ideal para el desastre. Incluso será difícil lograr el mentado equilibrio fiscal debido a la recesión de 1993 y la consiguiente menos re-caudación impositiva. Pero aún suponiendo un déficit fiscal cero, la resultante del cóctel macroeconómico cavallístico será negativa para el desarrollo y la estabilidad.
La tercera razón para desechar la tesis fiscalista unilateral opera por reducción al absurdo. Mediante la política del dólar barato el equipo económico duplicó en un año el valor de la producción nacional en dólares: el producto bruto interno (PBI), que alcanzaba 69 mil millones de dólares, pasó a 153 mil millones en 1992 según se afirma en la ley de Presupuesto. Esta duplicación de nuestro PBI en dólares, consecuencia de la sobrevaloración cambiaria, alivia aparentemente el peso de la deuda externa. Como porcentaje del PBI, la deuda externa de 60 mil millones de dólares descendió del 87% al 38%. El superávit fiscal de 4.000 millones de dólares necesario para pagar los intereses de dicha deuda descendió del 6% del PBI al 3%. Cabría proponer entonces al equipo económico que haga otro pase mágico adicional: revalúe nuestro peso a 50 centavos de dólar, con lo cual nuestro PBI pasaría a 306 mil millones de dólares y el pago de los intereses de la deuda externa como proporción del PBI descendería aún más, a menos del 1,3%. Total, según los economistas del equipo económico, el déficit comercial de las balanza de pagos se arreglaría o se financiaría automáticamente si el gobierno puede obtener ese superávit fiscal del 1,3% del PBI que, ahora sí sería muy fácil de alcanzar, dada su pequeñez en relación con nuestro abultado PBI.
La cuarta razón para rechazar la postura de los economistas unilaterales consiste en las proyecciones que obliga a la consistencia, compuesto por más de 200 ecuaciones, y que tiene algunos elementos del equilibrio general. Entre otros elementos, permite suponer, como lo hace Cavallo, que el PBI crecerá un 6,5% por año por varios años. Como el déficit de la cuenta corriente de la balanza de pagos se va agrandando y pasa de 10 mil millones de dólares en 1993 a 13 mil millones en 1994 y así sucesivamente, es claro para quien haga proyecciones serias que hasta la viabilidad misma de la balanza de pagos para 1992 puede estar en cuestión, dado que los mercados suelen anticiparse a los desastres.
La quinta razón para rechazar la tesis fiscalista unilateral está simplemente en los hechos: según los pe-riódicos, las exportaciones disminuyeron en lo que va de 1992. Las importaciones se triplicaron, y como resultado el abultado superávit comercial de 8.000 millones de dólares de 1990 se convertirá en déficit en 1992.
Finalmente, la cuestión del tipo de cambio de equilibrio es un tema clave para el desarrollo económico. Tanto como para la sanidad de las finanzas públicas.

 

CUADRO 1

INGRESOS, EGRESOS Y DEFICIT DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL

(En miles de millones de pesos)

                                        1988       1991   *1991     1992     1993   1994
1. Ingresos Corrientes    25.5      29.1      34.8      37.7      41.4     44.7
2. Gastos Totales           31.8      30.8      35         37.7      41.4     44.7
Nación                             16.8      12.4      13.2      13.7      15.3     16.9
Salarios                             4.0        4.0        5.0       4.3        4.8       5.3
Bienes y Servicios         1.7        1.5        1.6        1.6        1.7       1.8
Inversiones                     4.5        1.9        1.6        2.5        3.2       4.2
Intereses                         4.8        3.0         3.0       3.0        3.3       3.3  
Otros                               1.8        2.0         2.1       2.3        2.3       2.3
Provincias                       7.9        9.3       10.9      12.1      13.0     13.6
Pensiones                       7.1        9.1       10.9      11.9      13.1     14.2
3. Déficit (2-1)                6.3        1.7         0.2        0.0        0.0       0.0

PBI                               128.4    133.8     141.8     153.0    168.3   181.8

(En % del PBI)

1. Ingresos Corrientes    19.9      21.7      24.6      24.6      24.6     24.6
2. Gastos Totales            24.8      23         24.7      24.6      24.6     24.6
Nación                              13.1        9.3        9.3        9.0        9.1       9.3
Salarios                             3.1        3.0        3.5        2.8        2.9       2.9
Bienes y Servicios          1.3        1.1        1.1        1.0        1.0       1.0
Inversiones                      3.5        1.4        1.1        1.6        1.9       2.3    
Intereses                          3.7        2.2        2.1         2.0        2.0      1.8
Otros                                1.4        1.5        1.5         1.5        1.4      1.3
Provincias                        6.2        6.9        7.7         7.9        7.7      7.5
Pensiones                        5.5        6.8        7.7         7.8        7.8     7.8
3. Déficit (2-1)                 4.9        1.3         0.1         0.0        0.0     0.0     

* Cuarto tirmestre anualizado
FUENTE: Presentación del Ministro Cavallo ante el Congreso, Ambito Financiero12-2-92

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